Este es el decreto con los protocolos para las reuniones familiares

Regula la cantidad de personas, el parentesco, la movilidad, el radio de cercanía, entre otros factores relacionados con las medidas higiénicas.

Este es el decreto con los protocolos para las reuniones familiares

Provincial

Salida progresiva

Unidiversidad

Unidiversidad / Prensa Gobierno de Mendoza

Publicado el 22 DE MAYO DE 2020

El gobernador Rodolfo Suarez, por medio del Decreto 635, autorizó las reuniones familiares los fines de semana y feriados en Mendoza, en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio. Quedó publicado este viernes en el Boletín Oficial. 

El anunció sobre esta nueva flexibilización de la cuarentena lo realizó Suarez durante su visita de este miércoles a General Alvear. "Se habilitarán en la provincia de Mendoza las reuniones familiares para los fines de semanas y feriados, en el marco de la cuarentena obligatoria por la pandemia de coronavirus", indicó en ese momento el mandatario provincial.

El decreto habilita, en todo el territorio provincial, la realización de reuniones familiares, hasta un máximo de diez (10) personas con parentesco por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el segundo grado en línea ascendente, descendente o colateral. Los encuentros se podrán realizar solo los días sábados, domingos y feriados, en horario de 9 a 23 y cumpliendo con el estricto protocolo. 

 

Protocolo para reuniones familiares

  • Las reuniones familiares autorizadas están limitadas a grupos familiares de cercanía, tanto en las condiciones determinadas por el art. 1.° como por su situación geográfica.
  • Para casos de personas mayores de 60 (sesenta) años o incluidas en los denominados grupos de riesgo, se recomienda evitar sus traslados.
  • A los fines de la reunión, no habrá limitaciones en razón del número de DNI.
  • Deberán realizarse en domicilios particulares. Quedan prohibidas las reuniones en espacios públicos o sitios de alquiler como salones, campings, etc.
  • Bajo ninguna circunstancia podrán realizarse reuniones sociales o juntadas que no sean exclusivamente familiares.
  • La disposición NO implica la autorización de festejos o eventos sociales públicos o privados que no sean familiares, los que siguen expresamente prohibidos, según lo dispuesto por el art. 10.°, inc 2 del DNU N.° 459/2020.
  • Para el caso de que se detecten reuniones que incumplan esta normativa, quedan habilitados para efectuar las correspondientes denuncias el teléfono 911 y la app 148 Mendoza (descarga en Playstore), o en la web www.mendoza.gov.ar/consultas/.
  • Se recomienda que la reunión se realice en un espacio abierto o con adecuada ventilación.
  • No podrá haber más de diez (10) personas reunidas en el mismo domicilio.
  • No podrá utilizarse el transporte público para desplazarse hacia el lugar de reunión.
  • Se deberá concurrir con tapaboca y/o barbijo.

Encuentros familiares: apelan a la racionalidad y al control entre vecinos

Aunque el gobernador Rodolfo Suarez ya adelantó que en Mendoza quedarán autorizadas las reuniones familiares durante los fines de semana y feriados, el decreto que regulará esas juntadas, con restricciones, recién será publicado mañana viernes en el Boletín Oficial.

 

Medidas de higiene recomendadas

  • Disponer de solución de agua con alcohol al 70 % y/o alcohol en gel en el domicilio.
  • Desinfectar los pisos y los utensilios o implementos utilizados una vez finalizada la reunión.
  • No compartir utensilios o vajilla.
  • Mantener distancia de al menos 2 metros entre personas.
  • Evitar, en la medida de lo posible, el contacto físico con otras personas.
  • Higienizarse las manos frecuentemente con agua y jabón o, en su defecto, con alcohol en gel o solución sanitizante.
  • Usar toallas de papel para el secado de manos y descartarlas inmediatamente después de su utilización en bolsa de residuos.
  • Evitar tocarse el rostro con las manos.

 

Personas que quedan exceptuadas de las reuniones familiares

  • Aquellas  personas que presenten cualquier tipo de sintomatología compatible con el virus SARS-CoV-2, como fiebre, tos seca, disnea (ahogo o dificultad para respirar), congestión nasal, astenia (cansancio), mialgias (dolores musculares), odinofagia (dolor de garganta), anosmia (pérdida del olfato) y/o ageusia (pérdida del gusto), cefaleas o diarreas, las que deberán seguir los protocolos pertinentes dispuestos por la autoridad sanitaria provincial.
  • Quien haya estado en contacto, en los últimos 21 (veintiún) días, con individuos que hayan presentado los síntomas precedentemente indicados; con pacientes confirmados de COVID-19; con personas que se encuentren a la espera del resultado de un test para COVID-19.

El incumplimiento de las condiciones previstas en eldecreto y su anexo, debidamente constatado por la autoridad competente, será penado con una sanción de multa de $ 50 000 para el anfitrión o propietario del inmueble donde se constate la infracción, según corresponda.

Cada Municipio será el encargado de controlar que las personas cumplan con lo establecido. Lo recaudado de las multas será destinado al sistema de salud de la Provincia o del Municipio, según cuál hubiere constatado la infracción.

reuniones, encuentros, familiares, mendoza, coronavirus, protocolo, decreto,