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La iniciativa prevé de tres a seis años de cárcel para quienes manejen ebrios, con exceso de velocidad o que abandonen a las víctimas. La norma estuvo a punto de perder el estado parlamentario tras permanecer 12 años en el Congreso.
Con la nueva norma, los delitos viales no serán excarcelables.
El Congreso de la Nación transformó en ley el proyecto que establece penas más duras para los conductores que generen incidentes viales en estado de ebriedad, exceso de velocidad o abandonen a las víctimas por escapar del lugar.
A partir de su aprobación, los conductores que produzcan la muerte de una o más personas tendrán penas de tres a seis años y no será un delito excarcelable si se prueba que manejaron con más alcohol en sangre de lo permitido, si abandonan a las víctimas que protagonicen un incidente o si la velocidad en la que circulaban era superior en un 30 % o más a la velocidad permitida, según detalla Infobae.
La iniciativa tuvo que soportar un largo periplo y estuvo a punto de perder su estado parlamentario en el Senado, tras aguardar 12 años su tratamiento. La Cámara baja dio sanción inicial en mayo pasado y el Senado la aprobó en noviembre, aunque con modificaciones.
Sin embargo, y para evitar la aprobación de las modificaciones que traía desde el Senado, Diputados la aprobó con dos tercios de los votos. Según detalla el portal de noticias porteño, quedó firme el artículo que establece el nivel de alcohol permitido y el umbral de exceso de velocidad, puntos de referencia que habían sido eliminados por la Cámara alta.
El diputado mendocino Luis Petri, presidente de la comisión de Seguridad Interior, detalló en declaraciones a la prensa que la intención es bajar el grado de “delitos viales” porque en nuestro país mueren “20 personas por día, es decir que hay 7500 decesos anuales”.
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