En Mendoza, las barreras para acceder a un aborto son territoriales, materiales y humanas
Lo afirmó Leticia Morcos, integrante de Líbera, abogacía feminista. Hay frenos en las obras sociales, en el sistema público y en el privado. Objeción de conciencia cuando no corresponde, falta de equipos y farmacia, y escasez de información, impiden el cumplimiento de un derecho.
A dos años de la sanción de la ley de interrupción del embarazo, todavía hay barreras para acceder al derecho. Foto: Sol Avena
Luego de un arduo debate legislativo iniciado en 2018, la ley 27610, sancionada el 30 de diciembre de 2020, legalizó el aborto en Argentina. A dos años, en todo el territorio nacional se ha avanzado en la garantía del derecho pero también se registran obstaculizaciones en el acceso a la práctica. Mendoza no está exenta de la problemática y la abogada Leticia Morcos —de Líbera, abogacía feminista— dio cuenta de la situación, tanto en el sistema público como en el privado y en las obras sociales, a lo largo de todo el circuito de acceso.
La ley 27610 garantiza el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) —hasta la semana 14, inclusive, de gestación—. Una vez pasado ese plazo se puede acceder a la interrupción legal del embarazo (ILE) —a partir de la semana 15— por diferentes causales: si el embarazo es producto de una violación o si peligra la vida o la salud de la mujer o persona gestante.
Diversas organizaciones y proyectos de monitoreo siguen de cerca el cumplimiento de la normativa y, a nivel local, Líbera, abogacía feminista es referente en el tema. Leticia Morcos, una de las integrantes de la organización, asegura que hay barreras y obstaculizaciones tanto en IVE como en ILE.
El aborto es un derecho en todo el territorio argentino que pueden ejercer mujeres, niñas, adolescentes y personas con capacidad de gestar. De hecho, si alguien impide su acceso puede denunciarse en la misma línea telefónica donde se lo solicita (0800-222-3444). Todos los servicios de salud de la provincia deben garantizarlo: instituciones públicas —centros de atención de primer nivel (atención primaria), segundo nivel (clínicas) y tercer nivel (hospitales)— obras sociales locales y nacionales, y empresas prepagas del sector privado.
Estos sistemas y subsistemas de salud poseen establecimientos y emplean profesionales que, por ley, tienen la obligación de garantizar la interrupción del embarazo y la atención posaborto de manera completamente gratuita, tanto para el diagnóstico como para estudios, medicamentos y terapias de apoyo.
En los tres sistemas y en todo el circuito, aseguró Morcos, hay barreras para el acceso al aborto y están vinculadas a distintos aspectos territoriales, materiales o por falta de insumos y humanas.
El circuito de acceso es el circuito de la obstaculización
La prestación se inicia con la solicitud de una mujer o persona gestante a raíz de la cual un equipo de salud —preferentemente interdisciplinario— organiza una entrevista y le brinda asesoramiento. Allí indican análisis de laboratorio y ecografía si es necesaria, para conocer semanas de gestación y descartar embarazo anembrionario o ectópico.
Finalmente, interviene una médica o un médico que prescribe la receta para la entrega de medicación si es una práctica ambulatoria o, de lo contrario, procede a realizar la intervención en su consultorio u hospital donde trabaja. En estos casos, se usan dos técnicas: aspiración manual endouterina (AMEU) o legrado. Esto sería así en términos ideales. Sin embargo, la realidad es que en todo el circuito hay obstaculizaciones.
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“Por un lado está la distribución territorial de los centros de atención y las distancias que se deben recorrer para llegar a ellos. Por ejemplo, en Lavalle, una persona que vive en Costa de Araujo y concurre al centro de salud de allí, terminará teniendo que viajar varios kilómetros hasta el Hospital Sícoli, en el centro, para recibir los servicios. Otro tanto ocurrirá en zona Este y Sur. Estas situaciones de desplazamientos dentro de los departamentos mendocinos e incluso de un departamento a otro para recibir atención es un común denominador en la provincia”, dijo la abogada Morcos.
Y, por otro lado, añadió que hay establecimientos sanitarios que —incluso en su nivel— deberían tener dispositivos como laboratorio, ecógrafo, farmacia e instrumental, pero no los tienen. Eso dificulta o dilata la atención, porque obliga a la persona solicitante a ser derivada a una clínica u hospital.
“La falta de laboratorio y/o equipo de ecografía y/o farmacia en algunos —muchos— centros de salud distribuidos en los departamentos hace que deban derivar a otros centros de salud que los tengan u hospitales para realizar los estudios previos o acceder a la medicación e incluso ir por algún estudio y volver por medicación”, explicó Leticia Morcos.
No todo el personal de salud puede objetar conciencia
A todo lo nombrado se suma que el recurso humano disponible para una atención adecuada es limitado por diferentes causas, principalmente por falta de formación y por ejercicio de la objeción de conciencia no solo en casos que la ley habilita sino en otros que prohíbe, algo muy habitual y preocupante. Según la ley, ni cualquier persona que trabaje en una institución sanitaria ni la institución completa pueden ejercer objeción de conciencia. Solo tiene ese derecho la o el profesional de salud que intervenga directamente en la interrupción del embarazo.
Sucede que hay personal administrativo y profesionales de la salud en centros sanitarios que están en contra de la práctica y el libre ejercicio de los derechos no reproductivos de las personas gestantes, manifestó la abogada, y operan como obstructores al negar información, maltratar a personas usuarias o tratar de convencerlas de no abortar con mentiras, intimidaciones y mediante la violación de su privacidad y confidencialidad.
Además, cada centro de salud y hospital públicos debe tener profesionales que brindan efectiva y oportunamente la práctica. “Sin embargo —llamó la atención Morcos—, muchas veces desde las propias direcciones de estas instituciones se promueve la objeción de conciencia entre su personal aun en quienes por ley no pueden hacerlo”, como quienes hacen estudios previos, consejerías, atención posaborto o trabajan en farmacia o enfermería.
Pero, en los hechos, mujeres y personas gestantes que solicitan el acceso a la interrupción del embarazo se encuentran con personal de laboratorio que demora la analítica, de farmacia que retarda o se niega a entregar misoprostol o mifepristona, ecografistas que maltratan pacientes u “olvidan” apagar el sonido y hacen escuchar latidos del feto. Que el sistema sanitario esté descentralizado de la jefatura habilita que muchos establecimientos de salud haya personal que no cumple con las directrices del Ministerio provincial o del Programa de Salud Sexual y Reproductiva.
Las trabas en obras sociales y prepagas
Como adelantó Leticia Morcos, las obstaculizaciones no son exclusividad del sistema público; obras sociales y prepagas también obstruyen el acceso a la IVE/ILE. No cuentan con cartilla de profesionales a disposición de las personas afiliadas ni con un registro de personal objetor de conciencia. También sucede en el consultorio ginecológico disponible se encuentran con alguien que objeta conciencia pero no deriva a alguien más.
Hay demoras en las autorizaciones para la práctica y quienes, a sabiendas de estas dilaciones, pretenden atender —y cobrar— de manera privada. Puede suceder que después de la autorización no se les reintegre el dinero a pacientes e, incluso, desde Líbera han detectado casos en que el establecimiento cobró la práctica dos veces: de forma particular y a la obra social.
Falta de formación y de información: no se ejerce un derecho que no se conoce
Una práctica es invasiva cuando representa un riesgo para la vida o salud, como es el caso del legrado, que puede provocar una perforación del útero. El problema no es que se realice, sino que se recurra a esta técnica cuando podría utilizarse de manera segura y efectiva un método no invasivo como el medicamentoso o la AMEU.
Pero, en realidad, en todos los sectores hay poca formación profesional en AMEU. En el sistema público falta de instrumental para realizarlo y en obras sociales y prepagas también entran en juego intereses económicos, ya que la realización de legrados requiere internación, honorarios médicos y de anestesista, etc., algo que no se necesita con tratamientos medicamentosos o aspiraciones.
La barrera que fomenta y permite que existan todas las otras mencionadas para el acceso a la interrupción del embarazo es la falta de información, puntualizó Morcos. Se debe dar a conocer el derecho de manera clara y veraz, y difundirse por los medios disponibles de acceso al público.
“No hay campañas de información al público al respecto. No hay cartelería visible en centros de salud y hospitales, y la poquísima que hemos podido encontrar está desactualizada o incompleta. No hay información al público sobre qué es, cómo, cuándo y dónde se puede solicitar, en qué plazo debe ser brindada, su carácter gratuito, quién debe brindarla y dónde denunciar en caso de incumplimientos. No se puede acceder a un derecho que no se conoce y la interrupción del embarazo así como la atención posaborto son prestaciones de salud que integran el derecho universal a la salud sexual y (no) reproductiva”.
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