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La modalidad abarca a los servicios de taxi y remís, colectivos, escolares, contratado y turístico. El EMOP estará a cargo de los controles.
Foto: Prensa Gobierno de Mendoza
Unidiversidad/Prensa Gobierno de Mendoza
Publicado el 06 DE MAYO DE 2019
Este lunes entró en vigencia una nueva normativa sobre el Régimen de Penalidades y Procedimiento Administrativo por incumplimientos de las obligaciones de los concesionarios del sistema de transporte regular de pasajeros. La medida se publicó en el Boletín Oficial y, partir de esta modificación, se considera una falta grave, por ejemplo, negarse a brindar el servicio a una persona con discapacidad o prestar servicio con conductores no registrados.
De acuerdo a la información, esta disposición regula las conductas reprochables para todos los medios del servicio de transporte público y alcanza a las plataformas electrónicas. En lo que se refiere a las sanciones administrativas, estas serán aplicadas por Ente de Movilidad Provincial (EMOP), a cargo del presidente Carlos Matilla.
Las sanciones se aplicarán, en principio, al titular del permiso, autorización o concesión, aun cuando la falta sea imputable al obrar negligente, imprudente o antirreglamentario del conductor. En caso de reincidencia, podrá requerirse la declaración de caducidad del permiso de explotación, concesión o habilitación a la Autoridad Concedente. La sanción se aplicará igualmente, aunque el imputado haya hecho uso del derecho al pago voluntario de la multa.
Nuevo régimen
A continuación, se describen algunas de las causantes que originan las faltas leves, graves y gravísimas. La información completa puede consultarse a través del Boletín Oficial, Resolución 251/2019.
Faltas leves
Faltas graves
Faltas gravísimas
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