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Formarán parte del consejo asesor de la entidad. Habrá uno por cada entidad. Deberán empadronarse vía on line.
Fondo Provincial de la Cultura
Desde la Secretaría de Cultura informan que la Dirección del Fondo Provincial de la Cultura invitó a los hacedores culturales locales al empadronamiento que se realiza con el fin de elegir a los miembros de su Consejo Asesor, en cumplimiento de la Ley 6403. Cabe destacar que se implementa el sistema on line como única vía de empadronamiento, a través de la página web de la Secretaría de Cultura.
¿Qué votamos?
Nueve representantes que formarán parte del Consejo Asesor del FPC, a saber:
Seis representantes, uno por cada área artística (Música, Artes Visuales, Artes Audiovisuales, Letras, Danza y Teatro –especificadas en el Decreto 689/97–) y tres por las áreas no artísticas (los sectores no contemplados en la Ley 24269).
Cada uno de estos representantes es votado exclusivamente por sus pares (Por ejemplo: los músicos votan por un representante en Música; los escritores por un representante en Letras; y así en cada caso).
¿A quiénes podemos votar?
A cualquier hacedor cultural debidamente empadronado en su sector de pertenencia.
No podrán ser electos aquellos empadronados que tengan relación de dependencia con la Secretaría de Cultura, con excepción de aquellos contratados a través de locación de servicio o locación de obras.
¿Quiénes pueden votar?
Los hacedores culturales mendocinos o que acrediten residencia en la provincia, debidamente empadronados en su sector de pertenencia, mayores de 18 años. Deberán acercarse a las urnas con el DNI o documento que acredite los datos volcados en la ficha de empadronamiento.
¿Cómo me empadrono?
Completando los datos solicitados. Para ello hay que ingresar en el banner de FPC, que se encuentra en www.cultura.mendoza.gov.ar.
¿Dónde y cuándo se vota?
En el Área de Cultura del departamento en que figure empadronado el hacedor cultural. La fecha de los comicios se difundirá oportunamente.
¿Qué implica ser elegido consejero del Fondo?
Cada consejero electo representa, como miembro del Consejo Asesor del Fondo Provincial de la Cultura, un sector específico dentro de las disciplinas artísticas y no artísticas de la comunidad cultural. Su trayectoria, responsabilidad y criterio definen su vocación de servicio frente a las obligaciones que tendrá como Consejero.
Los consejeros electos tendrán, entre otras, las siguientes responsabilidades y tareas:
- Evaluar las solicitudes de subsidios presentadas en cada convocatoria del FPC.
- Asistir a reuniones ordinarias.
- Asistir a las reuniones extraordinarias que pudieran establecerse de urgencia.
Se informa también que según la Ley 6403, Capítulo II, Título II, Art. 20.º, el Consejo Asesor se desempeña ad-honorem (no percibe honorarios).
Importante
Una vez electo, y para validar su designación, cada consejero deberá presentar tres avales institucionales firmados en original que acrediten su pertenencia al sector cultural específico por el cual fue elegido y sinopsis de Curriculum vitae (no más de tres hojas).
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