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04 DE NOVIEMBRE DE 2024
El próximo 14 de agosto tendrán lugar las elecciones primarias abiertas simultáneas y obligatorias (P.A.S.O), previstas por la ley 26.571, mediante las cuales los partidos políticos determinarán internamente los candidatos que los representarán en las elecciones generales del 23 de octubre del corriente año.
Foto: Web
En estos últimos días se encuentra circulando un mail que contiene datos falsos acerca de cómo manejarse en las próximas elecciones y que lleva a que la mala información, peligre en la consecuente anulación del voto realizado. Es por esto que a continuación, se detallan los datos más importantes a tener en cuenta el próximo 14 de agosto con el fin de saciar las principales dudas y poder ejercer el derecho a voto de forma correcta.
Las elecciones primarias son obligatorias para todos los ciudadanos registrados en el padrón electoral, más allá de estar o no afiliados a algún partido político. Y para todos aquellos que no hayan cumplido los 18 años al 14 de agosto pero que los cumplan hasta el día de la elección general.
¿Qué se vota? Se votarán los precandidatos de cada agrupación política, de los que resultarán los candidatos que intervendrán en la elección general. Las agrupaciones pueden tener diversas líneas internas o una sola, pero deben participar en las primarias para poder presentar candidatos en las generales. Cada ciudadano elegirá al o los precandidatos de la agrupación política de su preferencia. Es decir, una o más listas de precandidatos de un mismo partido o alianza compiten entre sí, para conformar la candidatura con la que una agrupación política determinada podrá presentarse en las elecciones nacionales.
En estos comicios, los ciudadanos votarán listas de precandidatos para los siguientes cargos electivos nacionales: Presidente y Vicepresidente de la Nación (en todo el país); 130 Diputados Nacionales (en todas las provincias y en la Ciudad de Buenos Aires); y 24 Senadores Nacionales (en las provincias de Buenos Aires, Formosa, Jujuy, La Rioja, Misiones, San Juan, San Luis y Santa Cruz).
¿Qué información se encontrará en el cuarto oscuro? En el cuarto oscuro estarán las boletas de cada partido o agrupación con sus respectivas listas internas para cada categoría (presidente, diputados, senadores, etc.). Cada ciudadano podrá elegir una boleta completa o cortar boleta por categoría de cargos tanto entre listas internas de una misma agrupación como de agrupaciones políticas diferentes. Lo que no podrá hacer es elegir más de una opción para una misma categoría. La agrupación política que no obtenga al menos el 1,5% de los votos válidos totales por categoría de cargos no podrá presentar candidatos de esa categoría en la elección general. En cuanto a las boletas, cada partido podrá optar por un color distintivo y hasta podrá usar imágenes de los candidatos para diferenciarse del resto.
¿Se debe elegir obligatoriamente la misma boleta para toda las categorías de cargos? No, cada elector podrá optar entre distintas listas de una misma agrupación política o de diferentes partidos políticos y alianzas, pero deberá emitir un sólo voto por cada categoría de cargos a elegir: Presidente y Vicepresidente de la Nación, Senadores (en las provincias en las que corresponda) y Diputados Nacionales. Es decir, cada ciudadano puede elegir una boleta completa o cortar boleta por categoría de cargos, tanto entre listas internas de un mismo partido como entre listas de partidos diferentes. Lo que no debe, es elegir más de una opción para una misma categoría, pues su voto será computado nulo.
¿Los
padrones electorales, son los mismos de siempre? No habrá más
padrones separados de hombres y de mujeres sino que serán mixtos. Tampoco las
mesas y los lugares de votación estarán separadas por sexo; debido a estos
cambios, es muy probable que haya cambiado el lugar físico donde votamos
generalmente. A tal fin se publicaron los padrones definitivos el 30 de julio
para las elecciones primarias abiertas simultáneas y obligatorias y el 8 de
octubre se publicarán para las elecciones generales. Salvo por fuerza mayor los
electores votarán en el mismo local en las dos elecciones.
Para realizar cualquier tipo de consulta usted puede dirigirse a www.padron.gob.ar o llamar al 0800-999-PADRON (7237) o consultar por celular enviando un SMS al 64646 con la palabra VOTO + Número de DNI + "M" o "F" según el sexo del votante.
Aclaración: en caso que una agrupación política presente varias listas de precandidatos, las boletas serán del mismo color y denominación, pero se podrán distinguir por la letra que sigue al número de lista, y por los nombres y las fotografías de los precandidatos.
Elecciones Generales del 23 de octubre
Se llevarán a cabo el 23 de octubre de 2011 desde las 08:00 hasta las 18:00hs en todo el territorio de la República Argentina. Se van a elegir autoridades nacionales: Presidente/Vicepresidente y Legisladores. Puede darse en forma simultánea la Elección de Autoridades Provinciales: Gobernador/Vicegobernador y Legisladores Provinciales, Intendente/Concejales Departamentales, si no hubo desdoblamiento del acto electoral.
¿Qué pasa si no voto?
Las elecciones del domingo 14 son obligatorias. Pero si por alguna razón uno no puede ir a votar tiene que concurrir al juzgado electoral, o por vía del juazgado de paz de su jurisdicción, justificar la no emisión del voto. Es tan obligatorio votar el 14 de agosto como el 23 de octubre.
La ley dice que quien no justifica la no emisión de votos no puede hacer trámites y no puede obtener ningún empleo público.
Votar es una obligación, elegir es un derecho.
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