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05 DE NOVIEMBRE DE 2024
El Gobierno nacional promulgó hoy la ley que da al Poder Ejecutivo la facultad de establecer feriados adicionales.
Los fines de semana largo volvieron para alentar el turismo. Foto: archivo Prensa Gobierno de Mendoza.
El Gobierno nacional promulgó hoy la ley que restablece los feriados puente y fija los días festivos del año próximo, sancionada a fines de septiembre por el Congreso. La medida, que repone la herramienta que había sido eliminada mediante un decreto de necesidad y urgencia (DNU) a comienzos de este año y faculta al Poder Ejecutivo Nacional (PEN) para proponer hasta tres feriados puente anuales, fue dispuesta a través del Decreto 831/2017, publicado hoy en el Boletín Oficial junto al texto de la Ley 27399.
Feriados inamovibles de 2018:
Feriados nacionales trasladables de 2018:
Fines de semana XL
En el capítulo sobre fines de semana largos, el texto aprobado por el Parlamento y promulgado por la Casa Rosada indica que los feriados nacionales trasladables cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles "serán trasladados al día lunes anterior", en tanto que "los que coincidan con los días jueves y viernes serán trasladados al día lunes siguiente".
Asimismo, la ley contempla que el Poder Ejecutivo Nacional podrá, adicionalmente, "fijar anualmente hasta tres días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán coincidir con los días lunes o viernes". Estos feriados, añade la normativa, "gozarán en el aspecto remunerativo de los mismos derechos que establece la legislación actual respecto de los feriados nacionales".
Si el Poder Ejecutivo Nacional hiciera uso de la posibilidad que le da la nueva Ley de establecer hasta tres feriados adicionales para lunes o viernes, podría generar tres nuevos fines de semana largos. Otra opción es que el Ejecutivo establezca fines de semana extralargos al establecer esos nuevos feriados de lunes o viernes en días previos o posteriores a feriados que caen martes o jueves.
Para 2018, entonces, las opciones de feriados extralargos serían dos: si se declarara feriado el lunes 30 de abril, se formaría un fin de semana extralargo con el martes 1.º de mayo; en tanto, si se declarara feriado el lunes 24 de diciembre, se formaría un fin de semana extralargo con el martes 25 de diciembre.
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