El Presidente relevó a Macri del deber de confidencialidad y tendrá que declarar
El pasado jueves se suspendió la declaración indagatoria al expresidente porque no estaba relevado de su deber de guardar secreto de Estado sobre temas de inteligencia.
Foto: Fernando Gens
El Gobierno nacional oficializó este viernes el Decreto 750, por el cual se releva del "deber de confidencialidad" sobre temas de inteligencia nacional al expresidente Mauricio Macri, como había solicitado la justicia en el marco de la causa que investiga supuesto espionaje ilegal a los familiares de víctimas del submarino ARA San Juan. Macri se presentó el pasado jueves a declaración indagatoria, pero el trámite se suspendió porque no estaba relevado de su deber de guardar secreto de Estado sobre temas de inteligencia.
El exmandatario ingresó poco antes de las 12 al juzgado federal de Dolores, a cargo de Martín Bava, junto a su abogado Pablo Lanusse y se retiró casi una hora después sin declarar. Según explicaron las fuentes, cuando iba a comenzar el trámite, se informó que, por su condición de exmandatario, está obligado a guardar secreto de Estado. Hoy, 29 de octubre, a través del decreto, Fernández relevó a Macri de la "obligación de guardar secreto y confidencialidad, en el marco de la causa No 8559/20 caratulada 'Iuspa Benítez, Nicolás y otros s/Averiguación de delito querellante: Mereles, Andrea Alejandra y otros'".
"Relévase al ingeniero Mauricio Macri de la obligación de guardar secreto y confidencialidad, en los términos de la Ley N.º 25520 y en el marco de la causa N.º 8559/20 que tramita en el Juzgado Federal de Primera Instancia de la Ciudad de Dolores, provincia de Buenos Aires", dice el artículo del decreto publicado en el Boletín Oficial.
El jefe de Estado tomó esa determinación "visto el requerimiento formulado por el Juez a cargo del Juzgado Federal de Primera Instancia de la Ciudad de Dolores, Provincia de Buenos Aires", en referencia al magistrado Martín Bava, "en el marco del legajo reservado FMP No 8559/2020/3 correspondiente a la causa No 8559/20 y lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley N.° 25520, su modificatoria Ley N.° 27126". En los considerandos, se señala que el juez Martín Bava realizó el requerimiento "atento lo solicitado por la defensa del imputado ingeniero Mauricio Macri en el marco de la audiencia indagatoria del nombrado, la que debió suspenderse durante el curso de la misma con el fin de evitar futuros planteos nulificantes".
Fernández consignó que relevó al expresidente por su condición de imputado de un delito de acción pública, y con el fin de posibilitar el pleno ejercicio del derecho de defensa del imputado, así como la adecuada y efectiva actuación de los órganos jurisdiccionales.
Se indica que la solicitud de la defensa del imputado que imposibilitó que prestara declaración indagatoria en los términos del artículo 294 del CPPN hace presumir que el nombrado requiere, para ejercer debidamente su defensa, aludir a la realización de actividades de inteligencia vinculadas al objeto procesal. Por eso, se expresa que la causa investiga la posible comisión de delitos vinculados a actividades de inteligencia prohibidas por la ley, y no a actividades o información que resulte necesario clasificar en interés de la seguridad interior, la defensa nacional o las relaciones exteriores de la Nación, conforme establece la Ley N.° 25520"
En consecuencia, se resolvió que, "estando imputado el ingeniero Mauricio Macri de un delito de acción pública, y con el fin de posibilitar el pleno ejercicio del derecho de defensa del imputado, así como la adecuada y efectiva actuación de los órganos jurisdiccionales, es que corresponde relevar al imputado del deber de secreto y confidencialidad que establece la normativa vigente".
Fuente: Télam
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