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20 DE DICIEMBRE DE 2024
Ramiro Villalba, del Colegio de Abogados, explicó las razones por las que no creen conveniente dar más atribuciones a los ayudantes fiscales.
Foto ilustrativa, publicada por diario El Sol.
Para el Colegio de Abogados de Mendoza no es conveniente otorgar más atribuciones a los ayudantes fiscales, propuesta que es base de uno de los proyectos que presentó el Ejecutivo en la Legislatura. La entidad basó su opinión en tres aspectos centrales: la pérdida del requisito de idoneidad, ya que los ayudantes fiscales no pasan por el Consejo de la Magistratura; la pérdida del control de la responsabilidad, ya que los actos de los ayudantes serán juzgados sólo por el procurador; y que la modificación aceleraría la etapa de la investigación pero retrasaría la del debate, ya que no se aumenta el número de jueces.
El primer día de agosto, el ministro de Seguridad, Gianni Venier, explicó ante los integrantes de las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales y de la Bicameral de Seguridad, uno de los proyectos del Ejecutivo que busca reformar el Código Procesal Penal (CPP). La propuesta busca agilizar los procesos y uno de sus puntos centrales prevé otorgar atribuciones a los ayudantes fiscales que hoy no tienen, como asistir a audiencias o acusar en el debate. En ese encuentro, los legisladores juzgaron como positivas todas las modificaciones relacionadas con disminuir los tiempos judiciales, como la oralidad de las audiencias, pero los justicialistas pusieron reparos a la idea de otorgar más atribuciones a los ayudantes fiscales.
Frente a esto, los titulares de las comisiones pidieron la opinión del Colegio de Abogados de Mendoza. La entidad, a través de la Comisión especializada en Derecho Penal, presentó un informe. Los legisladores debían reunirse el martes 9 de agosto, pero pospusieron un día el encuentro para analizar a fondo el escrito.
Las reformas al CPP propuestas por el Ejecutivo sólo abarcarán a las circunscripciones judiciales primera y tercera (Gran Mendoza y el Este), que son las únicas en las que rige el nuevo código. En el resto continúa en vigencia el anterior sistema, donde es el juez y no el fiscal el que lidera la investigación.
En las oficinas fiscales del Gran Mendoza y del Este trabajan 33 fiscales y 95 ayudantes. La selección de estos últimos corre por cuenta de la Procuración e ingresan luego de rendir un examen.
Los fundamentos
Uno de los miembros del directorio del Colegio de Abogados e integrante de la cátedra de Derecho Penal en la UNCUYO, Ramiro Villalba, explicó a Unidiversidad las razones por las cuales no creen conveniente dar más atribuciones a los ayudantes fiscales. Villalba señaló que el primer problema es que el fiscal es un magistrado y su ayudante, un funcionario. Es decir que para ingresar al Poder Judicial, el primero pasa por el Consejo de la Magistratura, que certifica su idoneidad, mientras que el segundo sólo rinde un examen que le toma la Procuración.
Además agregó que si se brindaran más atribuciones a los ayudantes fiscales, se estaría perdiendo el requisito constitucional que garantiza a los ciudadanos la idoneidad de quien va a desempeñar la labor de fiscal, y que es pasar por el Consejo de la Magistratura. El abogado explicó que si se concretara esta modificación, también se perdería el control de responsabilidad de estos ayudantes fiscales, que ejercerían funciones de magistrado sin serlo. Esto ocurriría porque el análisis de los excesos y defectos en el ejercicio de la labor de los ayudantes quedaría en manos del Procurador, una situación muy distinta a la de un magistrado que pude enfrentar un Jury de Enjuiciamiento.
Villalba planteó que la propuesta también tiene un problema desde el punto de vista material y práctico, ya que aumentará la planta de funcionarios, mientras los jueces seguirán siendo los mismos. Dijo que este cambio producirá que se acelere la etapa de la investigación pero se atasque la etapa del debate: “La pretendida celeridad no va a ser tal”, definió.
El letrado consultado señaló otro inconveniente extra: dijo que en la mayoría de los casos los ayudantes fiscales tienen poca experiencia, ya que pueden rendir para el cargo con sólo seis meses de práctica profesional. Recalcó que esta es una situación muy distinta a la de los magistrados, que para aspirar a ser fiscales de primera instancia deben tener por lo menos un año de labor profesional y para la segunda instancia, no menos de cinco.
Villalba explicó que otorgarles más atribuciones a los ayudantes fiscales que tienen poca experiencia laboral va en contra de la Constitución, que establece que para realizar muchas de las labores que hoy realiza un magistrado hay que tener como mínimo cinco años en el ejercicio de la profesión. El abogado consultado está convencido de que el Ejecutivo tiene buenas intenciones en la presentación de estos proyectos; sin embargo, recalcó que siguen siendo parches, ya que la modificación necesaria de fondo es que el mismo Código esté en funcionamiento en toda la Provincia y no como es actualmente, que conviven dos sistemas.
El especialista planteó que cualquier modificación que se busque realizar necesita recursos para que los cambios se hagan realidad. De lo contrario, señaló, fracasan, porque aunque la idea puede ser positiva, sin financiamiento queda trunca.
Más allá de las críticas al punto específico de las atribuciones a los ayudantes fiscales, el letrado señaló que el Colegio analizó como positivas todas las reformas que buscan acelerar los procesos; por ejemplo, a través de la oralidad de las audiencias o de la comunicación por vía electrónica.
El informe que presentó el Colegio de Abogados será analizado por los legisladores mañana miércoles 10 de agosto, y Villalba adelantó que la entidad dará su opinión y asistirá a todos los encuentros a los que los inviten, con la intención de aportar a un debate profundo de los proyectos.
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