Cierre de la AFIP: ¿qué cambia y qué pasará con el monotributo?
Análisis económico de la actualidad argentina junto a la economista Carina Farah.
24 DE OCTUBRE DE 2024
La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal asumió el trámite de la causa por la venta ilegal de armas a Croacia y Ecuador que afecta al ex presidente y senador nacional.
Los jueces subrogantes Catucci y Riggi resolvieron enviar el expediente a sorteo para que se designe al tercer magistrado de la sala.
Por decisión de los camaristas Liliana Catucci y Eduardo Riggi, la Sala I –de la cual son subrogantes- de la Cámara Federal de Casación Penal tendrá a su cargo el trámite de la causa por la venta de ilegal de armamento a Croacia y Ecuador. Se trata del caso que involucra al ex presidente y actual senador nacional, Carlos Saúl Menem, junto a otros imputados. La medida tuvo lugar como respuesta a la orden impartida por la Corte Suprema de Justicia.
El proceso aún deberá a aguardar a la designación de un tercer magistrado para la intervención en el mismo, debido a que la única titular de la Sala I, la camarista Ana María Figueroa, se excusó de tomar parte debido a que suscribió una sentencia anterior que fue anulada por la Corte Suprema.
Figueroa había firmado el fallo de Casación Penal que otorgaba a Menem una condena a siete años de prisión y que la Corte dejó sin efecto. En el mismo se lo acusaba al senador de haber cometido el delito de contrabando de material bélico y asignaba penas iguales o inferiores a otra decena de acusados.
Los jueces subrogantes Catucci y Riggi resolvieron enviar el expediente a sorteo para que se designe al tercer magistrado de la sala.
Luego de que se designe el tercer magistrado, la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal notificará su nueva conformación a las partes, para que puedan presentar eventuales planteos de recusación o inhibición.
La sentencia dictada por la Corte dio una mayor importancia al fallo del Tribunal Oral en lo Penal Económico 3, que había a absuelto a Carlos Menem y los demás acusados.
“Debe garantizárseles el acceso a la doble instancia (a todos los procesados)”, fue lo que consideró la Corte y el motivo por el cual ordenó revisar fallo condenatorio “en el menor término posible”.
La Corte sostuvo que faltó el requisito del “doble conforme”, porque ante la absolución dictada por el tribunal oral, los procesados fueron condenados por primera y única vez en la instancia de la Cámara de Casación.
La Corte Suprema además aludió a “trascendencia institucional de esta causa” y su prolongado trámite procesal. Ya van 22 años desde que se hizo, en 1995, aquella denuncia incial por el envío ilegal de 6000 toneladas de armas a Ecuador y Croacia.
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