Cierre de la AFIP: ¿qué cambia y qué pasará con el monotributo?
Análisis económico de la actualidad argentina junto a la economista Carina Farah.
24 DE OCTUBRE DE 2024
Entre ellas se encuentran los topes mensuales para operar. La entidad, además, sancionó un nuevo ordenamiento con el objetivo de eliminar requisitos burocráticos y reducir los costos operativos.
A a través de la Comunicación A6037, el Banco Central de la República Argentina dejó sin efecto las normas que integraban el cepo cambiario y que aún estaban en vigencia. Entre ellas se encuentran los topes mensuales para operar. La entidad, además, sancionó un nuevo ordenamiento para eliminar requisitos considerados burocráticos y reducir los costos operativos.
La nueva regulación elimina la obligación de justificar con documentación cada operación de cambio. A partir de ahora, toda transacción cambiaria en bancos y casas de cambio se procesará automáticamente. Quien la realice sólo tendrá que especificar, con carácter de declaración jurada, el concepto al que corresponde la operación (atesoramiento, comercio exterior, entre otros), entre otros datos básicos.
También se derogan los topes mensuales para operar, aplicándose en este sentido únicamente las disposiciones que limitan el uso del efectivo como parte de la política antilavado.
Con estas simplificaciones desaparecerán los motivos para canalizar operaciones cambiarias por vías alternativas al mercado único y libre de cambios (como el “contado con liquidación”), con lo cual el mercado será verdaderamente único y libre.
También se modifica el nomenclador que detalla los motivos para los cuales se puede comprar o vender moneda extranjera, pasándose de 315 conceptos (muchos de ellos vinculados con regulaciones específicas del control de cambios) a unos 70, de fácil interpretación. Este criterio va en línea con lo establecido por el Grupo de los 20 (G-20) en la materia.
Se permitirá también que la banca por internet y las casas de cambio elijan libremente el horario para operar.
El cambio normativo implementado por el BCRA incluyó también la derogación de la Comunicación A4805. La misma limitaba la realización de operaciones de derivados con el exterior, negando la cobertura de riesgos a muchas compañías, en especial pymes.
En el caso de operaciones de entidades financieras se establecen requisitos específicos, en línea con el criterio aplicado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y el G-20.
El BCRA basó la necesidad del cambio en "la certeza de que la desburocratización del mercado de cambios ayudará al desarrollo del sector financiero, uno de sus ejes de gestión esenciales, y facilitará todas las actividades productivas vinculadas de una u otra manera a los mercados internacionales", comunicó.
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