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21 DE NOVIEMBRE DE 2024
Por Daniel Ariosto, presidente de la UCIM
La Unión Comercial e Industrial de Mendoza ha manifestado públicamente y en todas las circunstancias, que defiende y apoya toda actividad empresaria lícita, que signifique un aporte sostenible en el tiempo para la economía de la Provincia; solo se opone a aquellas actividades que, a la luz de experiencias ocurridas en otros lugares, podrían generar hipotéticos daños al entorno, afectando la calidad de vida actual y futura de los mendocinos.
Con esos postulados irrenunciables como fundamento, la UCIM apoyó originariamente el dictado de la Ley N° 7722, dictada para proteger la escasa cantidad de agua con que cuenta Mendoza, pues en el comienzo de su Art. 1 establece que su alcance es: “A los efectos de garantizar debidamente los recursos naturales, con especial énfasis en la tutela del recurso hídrico.”
Tan acertada estaba la posición de UCIM, que el 16 de diciembre de 2015 la Suprema Corte de Justicia rechazó varios reclamos de sectores vinculados a las Empresas Mineras y declaró la CONSTITUCIONALIDAD de la Ley N° 7722.
A la vista de lo ocurrido, la UCIM entonces NO comparte la generación de proyectos de ley que quiten la esencia a la citada Ley, modificando parte del texto, para que se pueda avanzar en Proyectos Mineros que podrían afectar el escaso recurso hídrico de nuestra Provincia, Proyectos que están en la Legislatura de Mendoza y que en los últimos días han recibido el apoyo, para que los Legisladores los traten.
Con el objeto de aportar más fundamentos a la necesidad de cuidar nuestros recursos hídricos, su salubridad y el cuidado de los glaciares, podemos analizar lo ocurrido en la vecina provincia de San Juan como consecuencia de la explotación de la Mina de Oro en Veladero, pero visto desde Europa. (https://elpais.com/internacional/2017/04/01/argentina/1491010366_842989.html)
También se puede leer el estudio efectuado por la Facultad de Agronomía de la UBA, referido a los residuos de la mina MARAYES en San Juan que operó hasta 1950 y hoy, 70 años después, se puede analizar el grado de contaminación que dejaron las operaciones con Mercurio y Cianuro. (http://sobrelatierra.agro.uba.ar/un-pueblo-expuesto-a-dos-siglos-de-residuos-mineros/)
O se puede leer la categórica Declaración de Berlín: https://salvatierrard.wordpress.com/2012/04/10/declaracion-de-berlin-sobre-la-contaminacion-por-cianuro/
Con éstos y otros fundamentos que están al alcance de cualquiera que se interese en el tema, la UCIM enviará copia de esta nota a autoridades provinciales, exhortándolos a redoblar esfuerzos en el sentido de cuidar los pequeños recursos hídricos de los que dispone la Provincia, impidiendo cualquier avance de proyectos que puedan significar el menor riesgo de contaminación (Ver Art N° 94 de la Constitución Nacional “PRINCIPIO PRECAUTORIO”) o el mal uso de esos recursos afectando la disponibilidad de agua en el curso inferior de los cauces.
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