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Una amplia mayoría coincidió en ratificar la versión original del proyecto que promovió el Ejecutivo. La ley garantiza el ejercicio de este derecho y obliga a todos los poderes del Estado a brindar información en un plazo máximo de 15 días.
Unidiversidad / Fuente: El Parlamentario
Publicado el 15 DE SEPTIEMBRE DE 2016
El Congreso de la Nación saldó una deuda pendiente con la democracia argentina al sancionar su primera Ley de Acceso a la Información Pública, con acuerdo de gran parte del arco político. Una amplia mayoría en la Cámara de Diputados coincidió este miércoles 14 en rechazar los cambios introducidos por el Senado la semana pasada y, como consecuencia, ratificar la versión original del proyecto al que le había dado sanción inicial.
La norma fue aprobada con 182 votos positivos de la alianza oficialista Cambiemos, el Frente Renovador, el bloque Justicialista, el Frente para la Victoria y expresiones minoritarias. Cosechó apenas 16 rechazos del Frente de Izquierda y del interbloque Progresistas-GEN, de Margarita Stolbizer; Libres del Sur, de Victoria Donda, y el Partido Socialista-. No hubo abstenciones pero sí 58 ausencias.
La flamante ley –consensuada a partir de una iniciativa del Poder Ejecutivo y de proyectos de todo el arco político– regula el ejercicio del derecho al acceso a la información pública. Para eso, obliga a todos los poderes del Estado a responder solicitudes de información por parte de los ciudadanos y establece penas a los funcionarios que no cumplan con esta obligación.
Idas y vueltas
La semana pasada, los bloques de senadores del PJ-Frente para la Victoria, el PJ disidente y Progresistas sorprendieron a Cambiemos al garantizar la aprobación del proyecto en general pero a la vez modificar algunos artículos en la votación en particular, con lo cual obligaron al proyecto a volver a su cámara de origen. Los cambios eran principalmente dos: que el director de la autoridad de aplicación requiera acuerdo del Senado y la eliminación del artículo que exigía a dicho funcionario no haber ocupado cargos electivos o partidarios en los últimos cinco años previos a su designación.
Este miércoles 14, minutos antes de que iniciara la sesión, el interbloque Cambiemos decidió pedir en el recinto la incorporación del proyecto en el temario acordado el martes. Contó entonces con el apoyo de la oposición para lograr la autorización de dos tercios de los presentes. Luego los mismos bloques acordaron tratarlo, a pesar de que tampoco tenía dictamen de comisión.
La iniciativa finalmente se votó sin debate y contó incluso con el apoyo de los diputados del Frente para la Victoria, a pesar de lo que habían decidido sus pares en el Senado.
Qué dice la ley
El eje principal de la ley consiste en que los tres poderes del Estado se vean obligados a responder la solicitud de datos de cualquier ciudadano. La norma –que empezará a regir en el plazo de un año– obliga a todos los organismos del Estado a responder todas las solicitudes de información en un plazo máximo de 15 días –prorrogables por otros 15– y de manera gratuita.
A su vez, contempla sanciones al funcionario que obstruya el ejercicio de dicho derecho.
Además de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, están alcanzados por el proyecto el Ministerio Público Fiscal y de la Defensa, y el Consejo de la Magistratura. También las empresas con mayoría estatal y con participación minoritaria; los concesionarios, permisionarios y licenciatarios de servicios públicos; operadores de juegos de azar; partidos políticos; sindicatos, universidades y el Banco Central de la República Argentina (BCRA).
La norma enumera una serie de excepciones para la entrega de información: cuando sea de carácter “reservada, confidencial o secreta”; en el caso de que “ponga en peligro el correcto funcionamiento del sistema financiero o bancario” o cuando haya “secreto industrial, comercial, financiero, científico, técnico o tecnológico”, entre otros casos.
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