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21 DE NOVIEMBRE DE 2024
El anteproyecto de Código Penal que se tratará este año en el Congreso propone la despenalización de las drogas para consumo personal, un criterio adoptado recientemente por la Corte Suprema para la marihuana. Se viene un debate amplio.
Imagen ilustrativa
Los argumentos en el anteproyecto
Un año y medio, más de 500 páginas, muchísimas reuniones y consultas les llevó a la comisión de juristas, encabezada por el juez supremo Eugenio Raúl Zaffaroni, preparar el anteproyecto del Código Penal que fue entregado a la presidenta Cristina Fernández de Kirchner para su posterior envío al Congreso, como contó Edición UNCUYO.
Entre las modificaciones planteadas, y que cuenta con mayor consenso entre los diferentes partidos políticos, es la despenalización para el consumo de todas las drogas. En los argumentos del anteproyecto se sostiene como motivo principal que el Estado gasta dinero y tiempo en perseguir a consumidores, en detrimento de la persecución al narcotráfico: “Son ampliamente conocidos los contradictorios criterios jurisprudenciales que se han sucedido a lo largo del tiempo respecto de la llamada tenencia para consumo, sin que sea menester recordarlos aquí. La experiencia recogida en estas décadas ha puesto de manifiesto que la punición de esa tenencia ha sido el pretexto para un dispendio enorme de actividad policial y judicial contra meros usuarios, en su mayoría no dependientes, en detrimento de la persecución y prevención del tráfico, que es notoriamente una de las manifestaciones de criminalidad de mercado (usualmente llamada organizada) más frecuente y peligrosa en toda la región”, dice textualmente el proyecto.
Para sostener este argumento cita a la Corte en un fallo reciente (2009) y remite a la misma Constitución. “ Finalmente, la Corte Suprema de Justicia ha vuelto al criterio que –con base en el principio del artículo 19.º constitucional– considera que la tenencia punible de la ley vigente es la destinada a una finalidad que no sea la de consumo personal. El texto proyectado recepta este criterio en la ley, siguiendo varios proyectos legislativos en el mismo sentido, presentados en los últimos años”.
¿Qué dice el artículo 19 de la Carta Magna que citan lxs jueces supremxs e invocan también los proyectos legislativos? Que los asuntos privados de los hombres (y de las mujeres) que no perjudiquen a lxs demás, no pueden ser juzgados. “Art. 19.- Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están solo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe”.
Por último, la novedad del anteproyecto es que no incluye solo el consumo de marihuana para la despenalización sino también otras sustancias. “La exclusión de las plantas o semillas o materias primas para su producción o fabricación, siempre que no sean de uso o consumo común, también resulta indispensable. Es sabido que se pueden extraer o producir estupefacientes de múltiples vegetales; prácticamente cada jardín es un reservorio de posible producción de estupefacientes. También pueden obtenerse de múltiples productos de uso corriente: yerba mate, café, etc. Si bien algunas lejanas sentencias habían planteado la cuestión respecto de las hojas de coca destinadas al coqueo o a infusiones, lo mismo podría plantearse respecto de otros muchos productos, generando decisiones jurisprudenciales ridículas, que nada tienen que ver con la salud pública. Por tal motivo se considera necesario no solo hacer la precisión respecto de las hojas de coca (que se hace en el artículo 202 proyectado), sino incluir una fórmula general, para todo lo que sea de uso y consumo común”, terminan los juristas, y lanzan la pelota al Congreso nacional.
Una historia entre penar o no penar
La Corte había fallado sobre el tema del consumo de estupefacientes en 1978, durante la última dictadura militar. Se trata del conocido como "Caso Colavini" y, en sintonía con la política de los represores, declaró que era constitucional castigar la tenencia para consumo. En 1986, a casi tres años de la recuperación de la democracia, los magistrados supremos resolvieron que era inconstitucional el sancionar la posesión de pequeñas cantidades para uso personal, esgrimiendo el mismo artículo 19 de la Constitución. Es lo que se conoce como "Caso Bazterrica".
Sin embargo, cuatro años después (ya en los 90, con Carlos Menem como presidente) en el caso Montalvo, la Corte Suprema volvió al criterio anterior, esgrimido por la Justicia de la dictadura. Desde entonces se iniciaron infinidad de procesos judiciales a personas que poseían sustancias tóxicas para consumo personal.
En 2009, la actual composición de la Corte declaró la "inconstitucionalidad de la pena de la tenencia para el consumo en privado", con el argumento de que "se debe proteger la privacidad de las personas adultas para decidir cuál es su conducta y, en el caso, si desean tener o consumir drogas". En ese momento, los votos de Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda hicieron alusión a otras drogas ilícitas, pero el resto de los jueces se pronunciaron solo sobre la sustancia "marihuana".
El caso uruguayo: la ley que estatiza la marihuana entra en vigencia
El gobierno de José "Pepe" Mujica (Uruguay) tomó la determinación de finalizar con la penalización del consumo de marihuana y sumó al Estado en la cadena de comercialización, con el fin de terminar con el narcotráfico. Con la reglamentación de la ley que regula la producción y distribución de la marihuana, prevista para el 10 de abril, quedará definido oficialmente dónde se plantará el cannabis en el Uruguay, cuáles serán los centros de venta y el precio.
Lo que se sabe ya de la aplicación de la norma, que generó un debate histórico en el país vecino (junto con la despenalización del aborto), es que los consumidores podrán obtener marihuana mediante autocultivo (hasta 480 gramos), clubes de membresía (que podrán tener de 15 a 45 socios y un máximo de 99 plantas) o comprar la que cultivará el Estado, que vendería el gramo a un dólar.
Además de generar polémica, la decisión de despenalizar generó también respuestas humorísticas.
Montbrun: “Nadie puede decir de qué modo hay que vivir”
Edición UNCUYO conversó con Alberto Montbrun, abogado y Doctor en Derecho y Ciencias Sociales, respecto de la posibilidad de despenalizar el consumo de drogas.
¿Con qué argumentos se ha sostenido la penalización del consumo de estupefacientes?
Con la idea de que ciertas sustancias tienen relación con el delito. Se cree que se delinque para consumir o viceversa, y con ese argumento habría que prohibir también el alcohol.
Hay que escindir el debate de aquel relativo a de qué modo hay que vivir. Nadie puede decir a alguien sobre el modelo de vida que tiene que llevar y el Estado debe dejar de gastar cifras millonarias en perseguir y detener personas que consumen porro, y usarla para terminar con las redes de narcotráfico.
¿Qué intereses hay detrás de estas posturas?
Los de la DEA, que promueve la droga como sistema de penetración y va obteniendo información de los países donde se mete.
¿Cómo hay que tratar el problema de las adicciones a las drogas?
Como cualquier otra adicción. Suponer que se terminará con la adicción a algunas sustancias por poner leyes restrictivas es un error. Sucede lo mismo que con el tema del aborto: sigue existiendo, le guste o no a quienes mantienen estas posiciones.
Nos, lxs representantes, ¿qué piensan?
Varios proyectos hay en el Congreso para despenalizar el consumo de drogas, incluso el senador del Frente para la Victoria, Aníbal Fernández planteó en 2012 una iniciativa de este tipo, pero el debate, que parecía que prosperaría, quedó en la nada.
Uno de los escollos para despenalizar es la postura de quienes legislan. Edición UNCUYO preguntó el año pasado, en medio de la campaña legislativa, la opinión sobre la despenalización de la marihuana a quienes se postulaban al Congreso por la provincia de Mendoza, tres de los cuales (todos hombres y cabezas de lista), resultaron electos.
Los actuales diputados Julio Cobos (radical), Alejandro Abraham ( Frente para la Victoria) y Nicolás del Caño (Frente de Izquierda), dijeron lo siguiente:
Julio Cobos: “No creo que tenga efectos para combatir el delito. La educación, la prevención a través del deporte son más efectivos. Yo creo que cualquier sustancia que produzca daños a la salud no se puede despenalizar. Dicen que el efecto que podría tener es una disminución de los delitos; yo creo que no”.
Alejandro Abraham: “Hago una distinción entre el adicto y quien lucra. Creo que con la comercialización y el tráfico hay que hacer modificaciones a las leyes penales y llegar al máximo de lo permitido. Ser durísimos con ellos. Quien tiene una adicción está padeciendo de eso, justamente, de una adicción; lo que hay que hacer es un fuerte tratamiento de la persona. Dejaría la penalización porque es un freno legal para que cueste cruzar esa barrera. La pena es tratamiento de rehabilitación, no cárcel. También habrá que hacer inversiones en la provincia para hacer centros de rehabilitación. Creo que es una adicción más mental que fisiológica. La nicotina genera adicciones más físicas, sí es dañina a nivel hepático y de la sangre”.
Nicolás Del Caño: “Si se despenaliza la marihuana, como ya sucede en Uruguay, se avanzará para terminar con parte del negocio del narcotráfico y se atacará ese mito de que la marihuana trae consecuencias para la vida de la juventud que la consume. Hay que dejar de atacar y de penalizar a quien consume marihuana, que en muchos países se utiliza de manera medicinal, y ocuparse del narcotráfico”.
El debate está planteado. El final ¿es libre?
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