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21 DE NOVIEMBRE DE 2024
El 44% de la población no tiene gas y el 38% está privado de cloacas. A un 15 por ciento le falta el agua potable y un 8,5% no dispone de luz eléctrica.
Foto: Axel Lloret
Gabriela Ceppi Responsable Cicunc-Contenidos: Marcelo Sivera
Publicado el 19 DE MARZO DE 2012
El congelamiento de tarifas impuesto hace diez años, la imposibilidad de las empresas privatizadas de renegociar contratos y la falta de control en el cumplimiento de los planes de operación y expansión se esgrimen entre empresarios y profesionales como los argumentos para explicar por qué miles de hogares mendocinos están aún hoy marginados del servicio de agua potable, cloacas, gas o electricidad. Un avance poblacional desmesurado y desequilibrado, sumado a la escasez de políticas de ordenamiento territorial por parte del Estado (la ley aún se está implementando) allanó el camino para que se construyeran viviendas y barrios enteros en superficies carentes de prestaciones y con dificultades de acceso a los servicios.
Pero además el mapa de la inversión pública por departamento muestra fuertes inequidades porque mientras Rivadavia recibió 4.962 pesos por año y por habitante, a Malargüe se destinó un promedio de 1.003 pesos , a Maipú llegaron 96 y a General Alvear 298.
Así fueron varios los motivos que alimentaron la falta de acceso a los principales servicios y por esto el Censo 2010 muestra que el 44 por ciento de los hogares no tiene servicios de gas en red, el 15 está privado del acceso al agua potable, un 38 por ciento vive sin cloacas y un 8,5 sin electricidad.
Quienes viven sin gas en red suman 165.276 hogares de los 496.841 que registró el Censo Nacional de Población 2010. Cada una de las firmas prestadoras ensaya su propia explicación a la hora de señalar por qué no pueden extender el servicio a la totalidad de la población.
Desde Ecogas argumentaron que la Ley de Emergencia Económica sancionada en 2002 suspendió los incrementos tarifarios y otras cuestiones relacionadas con el marco regulatorio, también las renegociaciones, lo que llevó a la empresa a suspender los planes de expansión. Además, según señaló un vocero de la firma, hay saturación de redes y existen zonas donde están conectados los medidores pero el fluido no ingresa a los hogares, esto por el alto costo que representa la habilitación.
La situación no es diferente al mirar la cantidad de viviendas que no pueden acceder al servicio de agua potable y cloacas a través de la red.
Quienes muestran acceso a la red pública suman 421.844 hogares, esto es el
85 por ciento de la población. Mientras que al servicio de cloacas no puede acceder un 38 por ciento de los mendocinos.
Al observar la situación del tendido eléctrico, el Epre contabiliza 452.571 usuarios residenciales registrados, es decir que reciben facturas.
Si bien no se puede saber cuántas de estas familias tiene conexiones clandestinas, el Censo de población muestra que un 91,45 por ciento tiene
acceso al servicio y un 8,5 no. Así el número estimado hogares que viven sin luz alcanza los 38.464.
En este caso, Elián Japaz, presidente del Ente Provincial Regulador Eléctrico (Epre), aseguró que el organismo está revisando la regularización de las conexiones internas y la tarifa social, para que todos los hogares puedan acceder al servicio de manera permanente. Para esto estamos trabajando con los municipios, hemos fortalecido el Consejo Consultivo y reforzaremos un Observatorio de Universidades. Aquéllos que no puedan afrontar la tarifa vamos a ver qué se puede hacer con ellos, remarcó Japaz.
El caso del agua potable no es menos preocupante. Se trata de unos 72.997
hogares que no acceden al servicio a través de la red, lo que representa un 15 por ciento del total de viviendas. La desinversión histórica y la falta de control estatal dieron paso a que haya departamentos con fuertes inequidades en el acceso al servicio de agua potable y cloacas. Rolando Baldasso, ex director de Aysam y
actual ministro de Infraestructura, explicó que la cobertura del servicio es diferente en relación al departamento que se mire: Capital cuenta con el 98 por ciento de sus habitantes servidos, mientras que Godoy Cruz el 86 y Lavalle el 60 por ciento.
En el caso de las cloacas y según datos revelados por Baldasso, hay poblaciones enteras sin servicio como Lavalle, otras que sólo están
cubiertas parcialmente como Maipú (48 por ciento), y unas terceras que
están alcanzadas casi en su totalidad como el caso de Capital (97,8 por ciento).
Qué dice la ley?.
La prestación de los servicios básicos está regulada en la Constitución Nacional. El artículo 42 establece que los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno. Además el 75 en su inciso 22 fija que deben cumplirse todos los pactos y convenciones internacionales.
Martín Líber, profesor en Derecho Administrativo y de Aguas de la Facultad
de Derecho de la UNCuyo, detalló cuáles son las herramientas que tienen
los ciudadanos para reclamar este derecho.
Quienes cuentan con el servicio sin que éste sea prestado de manera adecuada, deben dirigir el reclamo a la empresa, y si en ella no encuentran respuesta, pueden acudir a los entes reguladores. Si a través de estos tampoco hallan solución, pueden presentar un amparo o un reclamo judicial vía daños y perjuicios.
El especialista puntualizó que quienes carecen del servicio, pueden encarar un litigio por vía administrativa o judicial.
La jurisprudencia existente fija la vía del amparo. Éste se da en general en grupos de menores ingresos y en zonas marginales. En estos casos se han visto ejemplos en los que la justicia ha obligado a las empresas a que preste los servicios o que expanda las redes, relató Líber.
Cuando se ensaya una explicación desde el punto de vista económico, los especialistas apuntan a una medida tomada hace una década. Andrés Koleda,
profesor titular de Servicios Públicos de la Facultad de Ciencias Económicas consideró que en la Argentina se ha desalentado la inversión exploración y explotación de los servicios. La ley de emergencia pública pesificó las tarifas y las congeló y esa misma norma preveía que en un año deberían adecuarse planes y tarifas. Sin embargo las renegociaciones se fueron demorando con el propósito de no convalidar incrementos en las tarifas. Al quedar congeladas las tarifas después sólo permitieron mantener el costo operativo del servicio.
Para el académico, de esta manera se han desalentado las inversiones y por
lo tanto la expansión del servicio para dar mayor cobertura está cada vez más lejos de convertirse en realidad.
El control del Estado.
La Ley 8.051 de Ordenamiento Territorial, sancionada en 2009 establece claramente que es el Estado quien debe controlar la accesibilidad a los servicios públicos. El artículo 58 impone la obligación de invertir más -en términos per cápita- en los territorios con mayor grado de carencia de acuerdo a una serie de indicadores, como el índice de necesidades básicas insatisfechas NBI, más otros que deberán ser construidos ad-hoc.
Adolfo Medalla, miembro del equipo del Proyecto de Investigación y Desarrollo en Ordenamiento Territorial de la UNCuyo y del Centro Científico y Tecnológico; Conicet Mendoza PID), explica que en ausencia de indicadores más complejos como los que exige el artículo 58 se puede realizar una aproximación a la situación actual, contrastando los datos de población del Censo 2010, el
índice de necesidades básicas insatisfechas de la Encuesta de Condiciones de Vida Rurales y Urbanas de la DEIE 2009 y la información del Ministerio de Hacienda sobre el monto global de inversión por departamento. Aunque éste incluye la inversión nacional, que no está condicionada por la ley.
Tomando estos números se observa que a excepción de San Rafael, que es el
quinto departamento con mayor NBI y el quinto en nivel de inversión pública, ninguno de los otros recibe el grado de prioridad de inversión establecido en la Ley. (Ver cuadro)
De esta manera, será el Estado quien deberá determinar qué porciones de la provincia y qué porciones de cada municipio deben ser priorizadas para que
el equipamiento quede distribuido en el territorio y resulte accesible a la población dispersa, además de promover el desarrollo de ciudades medianas y pequeñas.
Incluso, en la norma quedó establecido que serían los municipios, quienes a través de los planes de Ordenamiento Territorial, deben promover la densificación
y consolidación de zonas urbanas, para que no queden agujeros vacíos en las ciudades y que se extiendan cada vez con mayores costos las redes sobre extensas superficies.
La provisión de servicios puede contribuir para que las zonas urbanas degradadas puedan ser revitalizadas y, por ejemplo, asignadas a vivienda social. Además a
través del cobro de plusvalías , lo que está contemplado en el artículo 54 y 55 de la ley, el Estado puede recuperar no sólo el monto de la inversión sino también el aumento del valor del suelo que no responde directamente a la inversión en construcción que el propietario pueda realizar sobre ese suelo, consideró Medalla.
Esta idea de incorporar el cobro de plusvalías avanza en la Legislatura bonaerense a través de un proyecto de ley y apunta a que los municipios puedan cobrar un plus a los propietarios de inmuebles que, en el momento de su venta, se hayan revalorizado gracias a obras impulsadas por las administraciones comunales. Sin embargo en la provincia aún no traspasa las intenciones de la ley y sólo se requiere su reglamentación para ser incluida dentro del impuesto inmobiliario.
El plazo para el Plan Provincial de Ordenamiento Territorial es de 18 meses contados desde la comunicación a la Legislatura del Plan Estratégico de Desarrollo. Por esto se espera que se cumpla entre marzo y abril de 2013.
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