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21 DE NOVIEMBRE DE 2024
Cuáles son las normativas vigentes de Mendoza y la reciente medida de seguridad en Chile, que incide en nuestra provincia. El casco obligatorio, las nuevas frecuencias de micros y el último fallo de la Suprema Corte sobre las licencias de conducir.
Foto ilustrativa archivo Axel Lloret
1) Transporte público 1. Autam pide disculpas por las colas y las demoras en el expendio de abonos en las terminales de las empresas de colectivos. Atribuyen esto a la falta de provisión de máquinas de la empresa Siemens. Es a la vez un síntoma que aumentó la demanda de abonos por parte de los usuarios. Ante la situación, el Gobierno acordó con la empresa Atos it Solutions, responsable de la carga de la tarjeta Red Bus, que las cabinas ubicadas en el ala oeste de la Terminal de Ómnibus atiendan una hora más. Así, se podrá cargar de lunes a viernes de 8 a 17, mientras que los sábado será de 9 a 13.
2) Transporte público 2. Una nueva frecuencia de micros se inauguró el miércoles 15, que conectará al futuro corredor bioceánico por el Paso Pehuenche. Así lo consigna Sitio Andino. La empresa de transporte La Unión unirá a las ciudades de General Alvear y Malargüe utilizando la emblemática Ruta 188.
3) Licencia de conducir. La Corte local sentenció que ningún agente de tránsito pude retener el carnet de conducir. Lo destaca Los Andes hoy en primera plana. Se trata de una resolución firmada por el juez de Corte Julio Gómez.
“El criterio de la Suprema Corte es, si se quiere, simple: retener el carnet significa una sanción anticipada, un medio de coerción; significa ser tratado como culpable antes de ser juzgado. Además, la copia del acta de infracción que se otorga al momento de la ilegal retención de carnet y habilita a conducir por 30 días hábiles, de ninguna manera puede remplazar la plena disponibilidad del carnet de conducir. Es más, esta acta resulta totalmente incoherente: ¿para qué quitar el carnet si la multa permite conducir por 30 días?”, dice Oscar Guillén para Los Andes.
Lo que hay que aclarar, y es un detalle que surgió de los análisis posteriores en las radios, es que se trata de un fallo de aplicación exclusiva para el caso en estudio por la Corte. La resolución no tiene alcance directo para otros casos similares. Lo tendría si la sentencia hubiera sido suscripta por el plenario de la Corte, es decir, que todos los jueces del Alto Tribunal ratificaran ese fallo.
4) Patentes en el casco. Los motoqueros mendocinos se movilizaron contra la decisión del Gobierno Nacional de grabar con la matrícula los cascos y el uso de chaleco reflectario. La particularidad del caso es que la medida es rechazada por los mismos afectados, pero también por quienes deberían aplicarla en la provincia, o sea los municipios y el mismo Gobierno de Mendoza.
5) Disposiciones chilenas. Gran repercusión genera la disposición del gobierno chileno de aplicar la obligatoriedad del uso de asientos especiales para los niños que viajan en vehículos y de tener una verificación técnica del auto. Fue el cónsul chileno Juan Manuel Pino Vázquez quien aclaró en Canal 7: "Si bien es obligatorio para los autos chilenos, para los de Mendoza no lo es y por ahora no lo será".
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