Condena por el crimen de Báez Sosa: un récord, un atenuante y una definición de lo “justo”
El juicio a los 8 rugbiers por el asesinato del joven en Villa Gessel se impuso en la agenda pública. Transcurrido un día de la lectura de la condena, tomamos algunos datos y reflexiones sobre un hecho con pocos precedentes.
Cientos de personas pidieron justicia en las afueras del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 1 de Dolores. Foto: Télam
El lunes 6 de febrero, los ocho jóvenes juzgados por el crimen de Fernando Báez Sosa, cometido el 18 de enero del 2020 a la salida de un boliche de Villa Gesell, fueron condenados por el asesinato.
La condena fue dada a conocer por el Tribunal Oral en lo Criminal 1 de la ciudad de Dolores, que entendió, en un fallo unánime, que Máximo Thomsen (23), Ciro Pertossi (22), Enzo Comelli (22), Matías Benicelli (23) y Luciano Pertossi (21) fueron coautores del delito de "homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado por dos o más personas y por alevosía en concurso ideal de lesiones leves", cuya única pena posible es la prisión perpetua.
Asimismo, los jueces María Claudia Castro, Emiliano Lazzari y Christian Rabaia entendieron que Blas Cinalli (21), Ayrton Viollaz (23) y Lucas Pertossi (23) fueron "partícipes secundarios" del mismo delito y se les aplicó una pena de 15 años de prisión.
La madre de Fernando Báez Sosa aseguró que salió "muy conforme" con la sentencia que condenó hoy a los ocho acusados por el crimen de su hijo ocurrido hace tres años en Villa Gesell, y que sintió "emoción al escuchar prisión perpetua", mientras que su esposo expresó su satisfacción con la sentencia y que se consiguió "los que se buscaba; Justicia".
Un récord
La lectura de la sentencia del juicio por el crimen de Fernando Báez Sosa incluyó un récord de visualizaciones en el canal de Youtube de la Corte provincial.
La audiencia contó con un refuerzo en el personal de seguridad dentro de sala, con más de 20 efectivos del Servicio Penitenciario Bonaerense.
El momento de la lectura del fallo marcó un récord de visitas y visualizaciones del canal de YouTube de la Suprema Corte bonaerense. Desde que se inició la transmisión a las 13.17 hubo 379.007 visualizaciones y hubo un pico de 114.573 usuarios al mismo tiempo.
Federico Fahsbender, periodista especializado en casos policiales, publicó una nota de opinión en el portal infobae.com, donde afirmó: “Su muerte (la de Báez Sosa), por alguna razón, se convirtió en parte del alma argentina, fue el caso policial más consumido desde el femicidio de Ángeles Rawson, seis años antes”.
Un atenuante
El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 1 de Dolores consideró como agravante para la sentencia a los ocho acusados condenados por el crimen de Fernando Báez Sosa, la “extensión del daño causado”.
Sobre este punto, la magistrada María Claudia Castro en el fallo, al que adhirieron sus colegas Emiliano Lazzari y Christian Rabaia, agregó: “Tomo especialmente en cuenta, en tal sentido, la juventud de la víctima y la consecuente obturación de sus proyectos de vida”.
A su vez, al evaluar atenuantes, la misma jueza solo mencionó la ausencia de otras condenas por parte de los ocho acusados.
Lo “justo”
Federico Delgado, fiscal federal, escribió una nota de opinión para eldiarioar.com sobre la condena por el crimen de Báez Sosa y transcribimos algunos párrafos, donde reflexiona sobre la Justicia.
Cada persona tiene un juicio de valor individual al que es imposible darle un alcance universal. Si ello puede pasar, viviríamos en una dictadura. Por ello, entre otras cosas, nos organizamos para vivir en sociedades edificadas en base a derechos y creamos instituciones. Una es el sistema judicial. ¿Qué hace? Expropia los conflictos sociales y los resuelve por medio de juicios sobre la base del derecho. Así, evita que hagamos “justicia por mano propia”. Precisamente porque cada uno de nosotros tiene una visión distinta de lo “justo”.
Todo esto significa que al aparato judicial no dicta justicia. Lo que hace es resolver mediante la aplicación del derecho problemas que giran en derredor de lo que es justo. Las leyes las produce el Estado, pero a través de un sistema de representación que depende de la voluntad de los ciudadanos. Así, las normas que hace el Congreso expresan los valores medios de la sociedad y constituyen la única herramienta que tienen los magistrados para resolver problemas en torno a lo que es justo. A Fernando le arrebataron el derecho a la vida. Los jueces resolvieron de acuerdo con la ley las responsabilidades por ello y fijaron una pena. Así funciona. En base a la ley. Esto es decisivo.
Cuando prometemos o juramos lealtad a la Constitución, a los 10 años, renunciamos a hacer justicia y nos conformamos con que los jueces apliquen la ley. Por ello es tan importante tener un sistema judicial creíble y prestigioso, porque allí yace la autoridad de la ley que es la autoridad de la república. Retengamos esto. Siempre la ley tiene relación con la moral. Pero a los efectos de estas líneas, es decisivo entender que los jueces solo pueden guiarse por la letra de la ley. Repito, por ello es tan importante la credibilidad. La credibilidad les da espaldas anchas para aplicar las normas más allá de los reclamos individuales o grupales de “justicia”.
Así, una sentencia pone fin a un conflicto. Tiene autoridad porque es la palabra de la república. Debe ser aceptada por los ganadores y por los perdedores. Ratifica qué está prohibido y qué está permitido. Es un insumo para los comportamientos futuros de los ciudadanos. Pero poco más. Las sentencias no transforman la realidad. No tienen ese alcance. La realidad la transforman las prácticas de los ciudadanos que colectivamente deciden vivir de otra manera. Por ejemplo, deciden respetarse, tratarse bien, no insultarse en los semáforos, deciden crear mediaciones institucionales que impiden la explotación, deciden crear dispositivos institucionales que instituyan marcos para que los chicos puedan disfrutar de los momentos de diversión. En fin, es la praxis humana la que cambia el mundo y no las sentencias judiciales.
Fuente: Télam - Infobae - eldiarioar.com
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