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Existe más de una vía para iniciar una queja formal ante el banco. Defensa del Consumidor remarcó la importancia de actuar rápido y dejar constancia del trámite.
Foto: Prensa de Gobierno de Mendoza.
Unidiversidad / Fuente: Prensa de Gobierno de Mendoza
Publicado el 08 DE MARZO DE 2021
La Dirección de Defensa del Consumidor (DDC) recordó a los usuarios del sistema bancario que, frente a un problema por compras no realizadas descubiertas a través del resumen de tarjeta de crédito o de los movimientos en su caja de ahorros, pueden tramitar su queja formal de manera personal o a distancia.
En caso de poder realizar la gestión presencial, los usuarios pueden solicitar el formulario habitual del banco para formalizar el trámite, guardando constancia del mismo: copia de la queja, número de gestión o bien una fotografía con el teléfono del reclamo firmado y sellado por empleado/a o encargado/a de la entidad.
En caso de no disponer el banco de un formulario de estas características, se puede asentar el reclamo en el libro de quejas de la sucursal, registrando por escrito: fecha de reclamo, detalle del problema y datos de contacto para que se comuniquen desde la entidad bancaria.
Si la entidad bancaria no atendiera la queja presentada, otra alternativa es enviar el reclamo al responsable de atención al cliente (referente a nivel nacional), cuyos datos de contacto pueden obtenerse en este enlace.
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Reclamo por resumen de tarjeta
Los usuarios tienen 30 días para presentar su reclamo por compras no realizadas. Dicho plazo corre desde la recepción del resumen en su domicilio, también cuando ese informe o reporte es recibido en su correo electrónico con los consumos del mes, o bien a partir del día en que se alerta al usuario sobre una compra, siempre que se haya activado ese servicio de notificación. Este periodo de 30 días está definido por Ley nacional 25065 de tarjeta de crédito o débito.
No obstante, los usuarios sí pueden iniciar una denuncia formal por ese tipo de problemas incluso después de los 30 días que fija la ley mencionada. Por esto, el rechazo que podría plantear el banco por haberse vencido el plazo de la queja, pudiendo dar cuenta del problema mediante denuncia en la DDC.
Y es válido recordar que mientras dura el proceso de investigación que realiza el banco luego del reclamo del usuario, no debe obstaculizar de ninguna manera el uso de la tarjeta de crédito o débito, es decir, la entidad bancaria no deberá bloquear la tarjeta para su uso normal.
Por otras consultas o denuncias formales ante la DDC, el organismo recordó utilizar una de estas vías de contactos:
sociedad, derecho de los consumidores, tarjeta de crédito, consumos desconocidos, dirección de defensa del consumidor,
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