Cierre de la AFIP: ¿qué cambia y qué pasará con el monotributo?
Análisis económico de la actualidad argentina junto a la economista Carina Farah.
24 DE OCTUBRE DE 2024
A 48 horas de las PASO, se terminaron las campañas y queda vetada la difusión de encuestas. Qué se puede hacer y qué no según el Código Electoral Nacional.
A las 8.00 de este viernes comenzó la veda electoral que pone fin a las campañas, a 48 horas del inicio de las PASO, y veta la difusión de encuestas y propuestas, además de iniciar el cronograma que prohibirá el domingo la realización de espectáculos y fiestas y la venta de bebidas alcohólicas, entre otros puntos.
Los precandidatos de los comicios realizaron este jueves sus cierres y aprovecharon la mañana de este viernes para dar sus últimos mensajes con sus propuestas. Así dieron cumplimiento al artículo 31 de la ley 26571, que establece que las campañas electoral "finalizan 48 horas antes del inicio del acto eleccionario".
Con el inicio de la veda, lo que empieza a regir es el artículo 71 del Código Electoral Nacional, que establece una serie de prohibiciones hasta las 21.00 del domingo. Aquí, los puntos más importantes.
Sin actos ni encuestas (con el vacío legal de las redes sociales)
La normativa veta "la realización de actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde cuarenta y ocho horas antes de la iniciación del comicio y hasta el cierre del mismo".
Tampoco se puede "publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización del comicio y hasta tres horas después de su cierre", o sea, hasta las 21.00 del domingo.
Pero las redes sociales, que no existían cuando se creó el Código, son parte de un vacío legal, por lo que Twitter, Facebook e Instagram se convertirán en la arena política para encuestas, mensajes y bocas de urna.
Las prohibiciones para el ciudadano
El Código Electoral Nacional prevé además la prohibición de todo tipo de espectáculo masivo –cultural, social o deportivo– durante el domingo hasta tres horas después de finalizado el proceso electoral. Esto comprende espectáculos populares al aire libre, espectáculos populares en recintos cerrados, fiestas teatrales y deportivas y toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral.
En tanto, la venta de bebidas alcohólicas estará prohibida desde las 20 del día anterior a la elección (12 horas antes de la apertura de urnas) y hasta tres horas después de finalizado el comicio. El Código prohíbe además “la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizadas”.
Los ciudadanos que no respeten la veda podrán ser denunciados por violación al Código Electoral y sancionados, si la Justicia comprueba la falta. Todos los artículos, las prohibiciones y respectivas sanciones se encuentran disponibles en el sitio del Código Electoral Nacional.
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