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25 DE NOVIEMBRE DE 2024
La novedad llega tras el anuncio sobre la ampliación de las asignaciones familiares y la modificación de sus topes. El límite se considera de manera individual.
Tras el anuncio realizado en febrero por el presidente, Mauricio Macri, sobre la ampliación de las asignaciones familiares y la modificación de sus topes, ahora pueden acceder al cobro del beneficio familiar por matrimonio quienes ganen hasta 30.000 pesos brutos de manera individual, informó la Anses.
Una vez transcurridos dos meses y dentro de los dos años de celebrado el enlace, la Anses abona 1.687 pesos a cada uno de los contrayentes, siempre que no superen los 60.000 pesos brutos de ingresos entre ambos, indicó el organismo en un comunicado.
Con esta medida, el Gobierno "está ampliando derechos y expandiendo la cobertura de las asignaciones familiares a cada vez más argentinos, con el objetivo de alcanzar la meta de pobreza cero. Además, al brindar cada vez más beneficios para los trabajadores asalariados estamos incentivando el trabajo formal", destacó el titular de la Anses, Emilio Basavilbaso.
Esta prestación se abona por única vez a cada uno de los cónyuges y abarca a trabajadores en relación de dependencia, titulares de una aseguradora de riesgos del trabajo (ART), de la prestación por desempleo o de una pensión honorífica de veteranos de la guerra del Atlántico Sur, detallaron.
Para acceder a la asignación por matrimonio hay que obtener un turno a través del número gratuito 130, opción "asignaciones familiares-prestaciones de pago único", o desde este enlace.
La documentacion a presentar es el original de solicitud provista por la Anses o nota en la cual solicite el pago de la asignación, la que deberá contener nombre y apellido del titular, número de CUIL, fecha en la que contrajo el matrimonio, provincia, localidad y/o código postal en el cual desea percibir el beneficio para asignarle una boca de pago.
También deberá presentar original y fotocopia del DNI del titular y de su cónyuge y del certificado de matrimonio, lo mismo que si se produjo en otro país, caso en el que vale consultar las "aclaraciones" de la cartilla "actualización de vínculos familiares".
Si los datos del titular de la prestación, del cónyuge y el vínculo de matrimonio se hubieran acreditado ante la Anses, no es necesario presentar nueva documentación y el pago se puede solicitar telefónicamente a través de la línea gratuita 130.
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