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El próximo lunes comienzan las clases en Mendoza, por este motivo el gobierno escolar emitió la resolución con las normativas que deberán implementar las escuelas.
Foto: Prensa Gobierno de Mendoza
Unidiversidad / Fuente: Prensa Gobierno de Mendoza
Publicado el 23 DE FEBRERO DE 2021
La Dirección General de Escuelas puso a disposición las normativas y protocolos sanitarios que deberán ser establecidos en las escuelas para el inicio presencial del Ciclo Lectivo 2021, destinadas a todos los niveles y modalidades. En este sentido, se deberá garantizar la mayor cantidad de clases presenciales y cada institución educativa podrá decidir si la presencialidad será en forma semanal o alternada, pero siempre cumpliendo con el horario completo.
Además de enumerar y explicar los diferentes protocolos estrictos de salud que deberán implementar las escuelas, como el uso de barbijos, medición de temperatura, higiene, distanciamiento y otras medidas que ayudan a mejorar las condiciones sanitarias de cuidados, el protocolo indica que las escuelas contarán con dos docentes o personal no docentes, que cada institución designará, que serán los referentes de COVID-19 quienes se encargarán de comunicar si surgieran casos sospechosos o casos confirmados.
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Para esta tarea será fundamental que los docentes utilicen y tengan actualizado el Sistema GEM, ya que será la herramienta para poder tener un diagnóstico y hacer un seguimiento real de cada estudiante. “El sistema GEM nos permitirá saber que estudiantes están en las escuelas y cuáles no, además cualquier otra información específica que necesiten las escuelas las iremos compartiendo a través de memorandun cada semana”, explicó la subsecretaria de Educación, Graciela Orelogio.
Por otro lado, el protocolo indica que las y los estudiantes que formen parte de alguno de los grupos de riesgo o convivan con personas que forman parte de alguno de los grupos de riesgo establecidos por la autoridad sanitaria, están eximidos de asistir de manera presencial al establecimiento educativo, debiendo presentar el certificado médico correspondiente y/o acreditar la convivencia según el caso. Su trayectoria educativa continuará con estrategias a distancia que contemplen espacios de interacción con el grupo-clase al que pertenecen.
De esta manera, el servicio educativo asumirá las siguientes formas de escolarización según las condiciones epidemiológicas:
Presencial: supone la asistencia regular a la escuela todos los días de la semana en el horario habitual de trabajo de cada institución. Sólo podrá implementarse en las escuelas en las que la relación entre la cantidad de estudiantes y el espacio físico permita cumplir con el distanciamiento establecido en los protocolos.
No presencial: supone que toda la escolaridad se cursa sin asistencia a actividades presenciales. Queda reservada a estudiantes que por razones de salud pertenezcan a grupos de riesgo y no puedan asistir a la escuela de manera presencial y a estudiantes matriculados en escuelas en las que, por decisión de las autoridades de la Dirección General de Escuelas y sanitarias jurisdiccionales, no puedan habilitarse actividades presenciales.
Combinada: alterna tiempos de trabajo de los y las estudiantes con asistencia a la escuela en clases presenciales y actividades educativas en situaciones de no presencialidad mediadas por diferentes instrumentos y soportes.
En el último caso, la normativa recomienda una alternancia a las aulas de manera semanal. En esta forma combinada de escolarización, deberán tenerse algunas consideraciones:
Se deberá sostener la jornada horaria regular para simplificar la organización de las entradas y salidas de la escuela, los traslados y la comunicación a las familias y el despliegue de un trabajo pedagógico consistente.
Deberá procurarse que los turnos, días de la semana o semanas y horarios establecidos para la asistencia presencial de los distintos grupos se mantengan al menos hasta el primer corte de evaluación parcial que se comunicará oportunamente, de manera de estabilizar un modelo de organización, dar previsibilidad a las familias y generar rutinas de asistencia en los estudiantes.
Al término del primer período y en función de la evaluación de la experiencia transitada en cada escuela y de las modificaciones en la situación epidemiológica, podrán redefinirse los regímenes de alternancia.
La frecuencia de asistencia de los distintos grados y años escolares (cantidad de jornadas semanales o cantidad de semanas por mes por grupo) será establecida en cada jurisdicción teniendo en cuenta los espacios físicos y la disponibilidad del personal docente en cada escuela.
La frecuencia de asistencia a clases presenciales podrá no ser la misma para todas las salas, los grados y años escolares. Se procurará asignar la mayor cantidad de tiempo escolar presencial posible a las salas, grados, años y grupos de estudiantes priorizados en las Resoluciones N° 364/2020 y N° 366/2020 del Consejo Federal de Educación..
Se contemplarán propuestas pedagógicas complementarias de mayor intensidad de actividad presencial para estudiantes que hayan sostenido una vinculación baja o nula con la escuela durante 2020, como espacios de tutoría y/o acompañamiento que tengan como objetivo específico la revinculación de estos estudiantes.
Los y las estudiantes con discapacidad tienen el mismo derecho que sus pares sin discapacidad a asistir, acceder y participar de las propuestas educativas que se ofrezcan en el marco del retorno a la presencialidad. Para ello, los materiales, plataformas, propuestas pedagógicas e información deberán ser accesibles y considerar las necesidades de apoyo y acompañamiento que requieran.
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