Chile informó que abrirá todas las fronteras terrestres con Argentina, Bolivia y Perú
Luego de varias idas y vueltas, el gobierno trasandino confirmó que abrirá los pasos fronterizos a partir del 1.º de mayo. ¿Cuáles serán los requisitos para ingresar?
Foto: Unidiversidad
El gobierno de Chile anunció este lunes que el 1.º de mayo abrirá las fronteras terrestres del país, que lo conectan con la Argentina, Bolivia y Perú, y que fueron cerradas en marzo de 2020 debido a la pandemia de coronavirus. El Ministerio del Interior informó en Twitter que, junto a las carteras de Relaciones Exteriores y de Salud, “confirma la apertura de la totalidad de los pasos fronterizos terrestres desde el próximo 1.º de mayo de 2022”.
Ministerio del Interior, @ministeriosalud y @Minrel_Chile anuncian la apertura de los pasos fronterizos terrestres a partir del 1 de mayo de 2022. ???????? pic.twitter.com/THRfUJ8skR
Chile cerró todas sus fronteras el 17 de marzo de 2020. En noviembre de 2021 reanudó el tránsito aéreo a través del aeropuerto de Santiago y, posteriormente, lo rehabilitó también en las terminales de Antofagasta e Iquique, en el norte, y Punta Arenas, en el sur. Asimismo, el 22 de diciembre pasado reabrió cinco pasos terrestres en la frontera con la Argentina, según la agencia de noticias AFP.
La confirmación llegó tras los anuncios del subsecretario de Salud Pública de Chile, Cristóbal Cuadrado, que salió a desmentir la información que había dado el Gobierno argentino sobre la apertura de fronteras. El funcionario chileno aseguró que esa información aún no era oficial, ya que el Ministerio de Salud de ese país no lo estaba evaluando.
Las autoridades chilenas requieren de los siguientes trámites para extranjeros no residentes:
- PCR negativo tomado en el país de origen 72 horas antes de abordar el avión (desde los 2 años). Estas se cuentan hasta la hora de salida del vuelo con destino final Chile. Si una persona presenta un resultado positivo persistente por haber estado contagiado del virus el último mes, podrá adjuntar dos resultados de PCR positivos, donde la toma de muestra de uno deberá haber sido realizada hasta 72 horas antes del embarque, y del otro deberá haberse realizado con más de 10 días de diferencia con la fecha de embarque, pero con menos de un mes desde este. Los menores de dos años quedan exceptuados de este requisito;
- Declaración jurada;
- Seguro médico desde USD 30 mil que cubra enfermedades asociadas a la COVID-19. En el caso de ciudadanos de nacionalidad española, rige el punto IV número 28 de la Resolución Exenta 672, que indica que no se les exigirá ese seguro;
- Validación de vacunas aprobadas por el Ministerio de Salud.
Fuente: Télam
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