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Según la disposición de la Jefatura de Gabinete, algunas actividades esenciales quedan exceptuadas de tramitarlo.
Foto: entrelíneas.info
Por Unidiversidad / Fuente: Jefatura de Gabinete de la Nación
Publicado el 02 DE ABRIL DE 2020
En el marco de la emergencia sanitaria por el Coronavirus COVID-19, se estableció el certificado único, habilitante y de validez nacional para circular en la vía pública solo para los exceptuados del aislamiento social, preventivo y obligatorio. Según la disposición de la Jefatura de Gabinete, algunas actividades esenciales quedan exceptuadas de tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación (CUHC). En estos casos, podrán continuar brindando servicios con los permisos preexistentes.
Situación en Mendoza
En Mendoza no será obligatorio por el momento. Así lo informaron las autoridades judiciales y del Ministerio de Seguridad, que aclararon que en una primera instancia se mantendrá la validez de las declaraciones juradas que ya están vigentes en Mendoza. En este sentido, también quedaran exceptuados los certificados especiales expedidos por hospitales y centros de salud, supermercados y medios de comunicación –entre otros– para sus trabajadores.
Lanzan un certificado único para poder circular en cuarentena
El Gobierno nacional puso en marcha desde hoy el "Certificado Único Habilitante para Circulación" que habilita a transitar por todo el país a aquellas personas que estén exceptuadas del artículo 6 del Decreto Presidencial 297/20, informó hoy el Ministerio del Interior.
Las personas que no deben tramitarlo
Colapsó la página para tramitar el permiso único de circulación
La plataforma de trámites a distancia tuvo ayer picos de hasta 80 000 conexiones simultáneas para acceder al formulario que permite obtener el Certificado Único Habilitante para Circulación (CUHC), que entrará en vigencia el 1.º de abril para todo el país por la pandemia de coronavirus, indicó hoy la Secretaría de Innovación Pública.
Personas que sí deben tramitarlo
Las personas que realicen las siguientes actividades deberán tramitar la Declaración Jurada para la circulación en tramitesadistancia.gob.ar. La siguiente lista abarca los casos exceptuados del cumplimiento del período de aislamiento social, preventivo y obligatorio que deberán tramitar el nuevo certificado antes del 6 de abril próximo.
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