Causa Vialidad: 10 claves para entender el juicio a Cristina Fernández

El sitio chequeado.com elaboró un informe con preguntas y respuestas para entender esta megacausa por corrupción. Qué plazos siguen en este juicio y cuándo podría haber sentencia.

Causa Vialidad: 10 claves para entender el juicio a Cristina Fernández

Cristina Fernández en el Congreso. Foto: Télam

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Publicado el 23 DE AGOSTO DE 2022

El fiscal federal Diego Luciani terminó su extenso alegato en la causa de corrupción conocida como Vialidad, que ha poblado los medios desde que se conoció su acusación. En este marco, pidió que la vicepresidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner (Frente de Todos), sea condenada a 12 años de prisión e inhabilitada de forma perpetua para ocupar cargos públicos.

El sitio chequeado.com hizo un completo informe con las claves para entender la magnitud de este proceso judicial. Es que la solicitud del fiscal tiene alto impacto político: es el primer juicio contra la expresidenta (2007-2015) que llega a la instancia del juicio oral y público, y el primer pedido de pena contra ella. Todo el oficialismo –incluido el Presidente– salió a denunciar una persecución.

Antes del pedido de Luciani, aunque fuera del plazo previsto en el Código Procesal Penal de la Nación, Fernández de Kirchner había solicitado ampliar su declaración indagatoria –para defenderse nuevamente de las acusaciones–, pero, ante el rechazo del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N.° 2 (que integran Rodrigo Giménez Uriburu, Jorge Gorini y Andrés Basso), hizo este martes su descargo público desde su despacho de Presidenta del Senado, en una transmisión en vivo por redes sociales.

Reproducimos aquí 10 claves que elaboró Chequeado para generar un acercamiento a este juicio, que aún no termina y del que todavía no se sabe si habrá sentencia o no.

1. ¿De qué está acusada Cristina Fernández de Kirchner?

En la causa, iniciada en 2016, se investiga si el empresario Lázaro Báez resultó beneficiado con la adjudicación de 51 obras públicas viales con fondos nacionales en la provincia de Santa Cruz entre 2003 y 2015 –durante las gestiones de Néstor Kirchner y Cristina Fernández de Kirchner– y si hubo sobreprecios, demoras injustificadas o trabajos inconclusos.

Luciani considera que tiene pruebas suficientes de la culpabilidad de la Vicepresidenta como jefa de una organización dedicada a direccionar la obra pública hacia un empresario amigo. Por eso, solicitó que Fernández de Kirchner sea condenada por los delitos de asociación ilícita, en calidad de jefa, y administración fraudulenta agravada por haber sido cometida en perjuicio de la administración pública. El primero de los dos delitos, según el Código Penal de la Nación, prevé una pena de 3 a 10 años de prisión; el segundo, de 2 a 6 años.

Cuando concurren dos delitos, el artículo 55 del Código prevé que la pena aplicable vaya desde el “mínimo mayor” (es decir, los 3 años de la asociación ilícita) hasta, cómo máximo, “la suma aritmética de las penas máximas”. Es decir que para los delitos presentados por la acusación, la pena puede ir de los 3 a los 16 años. Luciani solicitó que sean 12 años.

2. ¿Quiénes están procesados en la misma causa?

La fiscalía también solicitó penas para Báez (12 años); el exministro de Planificación Federal de la Nación, Julio De Vido (10 años); el exsecretario de Obras Públicas de la Nación, José López (10 años); el extitular de la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) Nelson Periotti (10 años); los exresponsables de la DNV en Santa Cruz, Mauricio Collareda (6 años) y Raúl Daruich (5 años); los extitulares de la Administración General de Vialidad de la Provincia de Santa Cruz, Juan Carlos Villafañe (6 años), Raúl Pavesi (5 años), José Santibáñez (4 años) y Héctor Garro (3 años); el ex subsecretario de Obras Públicas de la Nación, Abel Fatala (4 años); y el exsecretario de Coordinación de la Obra Pública, Carlos Kirchner (2 años), primo del expresidente fallecido.

3. ¿Quiénes intervinieron en la investigación de esta causa?

La causa se inició por una denuncia de Javier Iguacel, entonces director nacional de Vialidad, y la investigación estuvo a cargo del juez federal Julián Ercolini y los fiscales federales Gerardo Pollicita e Ignacio Mahíques. Ercolini procesó a la vicepresidenta de la Nación por los dos delitos que ahora forman la acusación. Antes de pasar al Tribunal Oral en lo Criminal Federal N.° 2, la causa fue revisada y pasó varias veces por la Sala I de la Cámara Federal, integrada en ese entonces por los jueces Jorge Ballestero y Leopoldo Bruglia, y también por la Sala IV de la Cámara de Casación Penal, que conforman Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Carlos Carbajo.

Luego del pedido de elevación a juicio de los fiscales Pollicita y Mahíques, el expediente llegó finalmente al tribunal que ahora está cargo de Giménez Uriburu, Gorini y Basso en el proceso oral y público. O sea que, hasta el momento, 9 jueces y 6 fiscales (15 magistrados) revisaron y coincidieron en las pruebas contra Fernández de Kirchner.

4. ¿Qué es una asociación ilícita?

El Código Penal de la Nación castiga, en su artículo 210, a quienes formen parte de una asociación o banda de tres o más personas “destinada a cometer delitos por el solo hecho de ser miembro de la asociación”. La particularidad de este tipo penal es que alcanza con la sola integración de la “banda” para configurar un delito, sin necesidad de realizar alguna tarea material, aunque debe probarse la existencia de ese acuerdo entre los miembros de la asociación para cometer delitos.

5. ¿En qué momento se sabrá si Cristina Fernández de Kirchner es condenada o no en la causa “Vialidad”?

El juicio está en la etapa de alegatos (momento en el que los jueces escuchan los argumentos de las partes –querellantes, fiscalía y defensas– antes de dictar el veredicto). Hasta el momento, solo expusieron 2 de las partes: la Unidad de Información Financiera (UIF), que se incorporó como querellante durante la gestión de Cambiemos, y ahora, con otras autoridades, solicitó la absolución de la mayoría de los acusados, y el Ministerio Público Fiscal (representado por los fiscales Luciani y Sergio Mola), que, tras nueve jornadas de alegatos, solicitó las penas mencionadas anteriormente.

Ahora resta que se lleven a cabo las audiencias en las que se desarrollarán los alegatos de las defensas de cada uno de los 13 acusados en el juicio, incluida la de Fernández de Kirchner. Esto comenzará el próximo 5 de septiembre y cada abogado defensor contará con hasta tres jornadas para exponer. No hay una fecha fijada aún para el veredicto del tribunal, pero se espera que sea antes de fin de año o luego de la feria judicial de enero de 2023.

6. ¿A cuántas instancias de apelación puede acudir la defensa de Cristina Fernández de Kirchner?

El fallo del Tribunal Oral Federal N.° 2, sea cual sea su resolución, puede ser apelado ante la Cámara Federal de Casación Penal (el máximo tribunal en materia penal del país). En este expediente interviene la Sala IV del tribunal, que integran los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Carlos Carbajo. La Cámara no tiene plazos para resolver las apelaciones y puede confirmar o revocar la sentencia del Tribunal Oral.

Si las partes no están conformes con la resolución de este tribunal y consideran que se violó algún derecho constitucional durante el proceso, pueden ir vía recurso extraordinario o recurso de queja a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que tampoco tiene plazos para resolver esos recursos.

7. ¿Qué significa que una sentencia quede firme?

Se habla de sentencia firme cuando ya no quedan recursos pendientes de resolución en la Justicia argentina. Es la “cosa juzgada”. En el caso de Fernández de Kirchner, de haber una condena por parte del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N.° 2 –como se dijo en la pregunta anterior–, la defensa puede apelar ante la Cámara de Casación Penal y, en el caso de que este tribunal confirme la sentencia, aún podría recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Solo si el máximo tribunal confirmara la condena se trataría de una sentencia firme.

No es posible saber cuánto durará este proceso, pero, generalmente, la instancia de los recursos demora varios años. Por ejemplo, en la causa Ciccone, el ex vicepresidente de la segunda gestión de Fernández de Kirchner, Amado Boudou, fue condenado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N.° 4 en agosto de 2018. La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena en julio de 2019, 11 meses después. Se trata de un plazo corto, si se compara con expedientes complejos: en la causa por la llamada Tragedia de Once, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N.° 2 dictó sentencia en diciembre de 2015 y la Sala II de la Cámara de Casación confirmó las condenas en mayo de 2018, dos años y medio después.

8. ¿Esa condena puede significar que Cristina Fernández de Kirchner no sea candidata a algún cargo público?

Sí, siempre que exista una condena y quede firme. La imposibilidad de ser candidata a un cargo público únicamente puede concretarse si se configura la siguiente situación: 1) que haya una condena, 2) que esa condena esté firme, 3) que sea por un delito con pena privativa de la libertad (superior a 3 años), como ocurre en este caso, y 4) que esté en ejecución.

Para entender la regulación sobre este tema, hay que remitirse a dos leyes. Por un lado, la Ley 23298 de Partidos Políticos enumera un listado de grupos que no pueden ser candidatos a cargos electivos. Entre ellos señala a “los excluidos del padrón electoral como consecuencia de disposiciones legales vigentes”. El criterio para excluir personas del padrón electoral está fijado en el Código Nacional Electoral, que excluye a los “condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad” mientras dure la condena.

El fiscal Diego Luciani pidió una condena de 12 años para la exmandataria y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. Esto también está regulado por el Código Penal, que habilita, al momento de dictar sentencia, a imponer la inhabilitación absoluta (privación de empleo o cargo público, del derecho electoral y suspensión del goce de jubilaciones), que puede transformarse en perpetua “cuando el autor se hubiere valido de su empleo, cargo, profesión o derecho” para la comisión del delito.

De todas maneras, funcionarios del oficialismo, como el viceministro de Justicia de la Nación, Juan Martín Mena, señalan que, por los tiempos procesales, Fernández de Kirchner podría ser candidata a un cargo público en las elecciones de 2023.

9. De ser condenada y tener que cumplir una pena de prisión, ¿Cristina Fernández de Kirchner iría a la cárcel o contaría con prisión domiciliaria?

Esta decisión depende de los jueces de ejecución. Desde su reforma de 2008, la Ley 24660 de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad contempla seis supuestos en los que se pueden basar los magistrados para conceder una prisión domiciliaria. Uno de ellos es cuando un detenido supere los 70 años de edad. Fernández de Kirchner cumplirá 70 años el 19 de febrero de 2023. Es decir que, si eventualmente sobre la vicepresidenta pesa en el futuro una condena con sentencia firme, los jueces podrán decidir, en función de su edad, si le corresponde o no la prisión domiciliaria.

Otros supuestos para conceder este beneficio son: cuando la permanencia en un establecimiento del servicio penitenciario le impida al detenido tratar adecuadamente una enfermedad; cuando el detenido padezca una enfermedad terminal; cuando a un detenido con discapacidad el encierro le implique un trato inhumano; a una mujer embarazada; a la madre de un menor de 5 años o de una persona con discapacidad.

10. ¿Alberto Fernández puede indultar a Cristina Fernández de Kirchner?

Sí. El inciso 5 del artículo 99 de la Constitución nacional, referido a las “atribuciones del presidente de la Nación”, dice que el mandatario “puede indultar o conmutar las penas por delitos sujetos a la jurisdicción federal, previo informe del tribunal correspondiente, excepto en los casos de acusación por la Cámara de Diputados”. El último antecedente de indulto presidencial fue en 2003, cuando el entonces mandatario Eduardo Duhalde (Partido Justicialista) benefició con esta herramienta, mediante dos decretos, al excarapintada Mohamed Alí Seineldín y al exguerrillero Enrique Gorriarán Merlo, condenado por el asalto al cuartel de La Tablada el 23 de enero de 1989.

De todas maneras, en un reportaje con Canal 13 antes de que se confirmara la fórmula con Fernández de Kirchner en mayo de 2019, el presidente Alberto Fernández dijo: “Si algún estúpido está pensando que estoy pensando en llegar ahí [la presidencia] para indultar a alguien, es solo un estúpido. Además, descreo de los indultos, porque los indultos son una rémora de las monarquías. Los presidentes no están para indultar a nadie”.

Fuente: chequeado.com

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