Carta pública a Carlos Aranda
Tras la audiencia con el Jefe Policial de la Distrital Sur, Comisario Inspector Carlos Mugneco, representantes de organismos de Derechos Humanos de San Rafael (A.P.D.H. y L.A.D.H.) dieron a conocer una carta dirigida al Ministro de Seguridad Carlos Aranda. En ella se exhorta a las autoridades a cambiar el rumbo de la política policial y aplicar el Acuerdo para una Seguridad Democrática de 2010.
Foto: Alf Ponce / MDZ
Al Dr. Carlos Aranda, Ministro de Seguridad de la Provincia de Mendoza:
Los abajo firmantes, en representación de las organizaciones de derechos humanos con actividad en esta ciudad (Asamblea Permanente por los Derechos Humanos y Liga Argentina por los Derechos del Hombre), habiendo sido impuestos de la existencia de numerosísimas detenciones realizadas en averiguación identidad o antecedentes o que no impliquen específicamente flagrancia u orden judicial de detención preexistente, ponemos en su conocimiento nuestra preocupación, hacemos saber nuestra queja por el accionar de las fuerzas policiales. En tal sentido le imponemos el conocimiento de las resoluciones dictadas declarando inconstitucional a la ley 6722 art.11 inc. 3 en consonancia con la Convención Internacional de los Derechos del Niño (para el caso de menores de 18 años), Pactos Internacionales en la materia (art. 75 inc.22 de la Constitución Nacional) y artículo 18 de la Constitución Provincial; así como la sentencia recaída (emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos) en relación al caso Bulacio c/Argentina y en la misma línea de los ya numerosos habeas corpus preventivos dictados en la jurisdicción (los que aun emitidos han sido violados, deteniendo a las personas beneficiarias).
Hacemos presentes las Observaciones Finales del Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas respecto del Pacto de Derechos Civiles y Políticos en Argentina, que en marzo de 2010 manifestó al punto 15: “El Comité expresa nuevamente su preocupación por la subsistencia de normas que otorgan facultades a la policía para detener personas, incluidos menores, sin orden judicial anterior ni control judicial posterior y fuera de los supuestos de flagrancia, por el único motivo formal de averiguar su identidad, en contravención, entre otros, del principio de presunción de inocencia" (artículos 9 y 14 del Pacto). “El Estado Parte debe tomar medidas con miras a suprimir las facultades de la policía para efectuar detenciones no vinculadas a la comisión de un delito y que no cumplen con los principios establecidos en el artículo 9 del Pacto”. Asimismo al punto 18 el citado informe expresa: “El Comité observa con preocupación la abundante información recibida relativa al uso frecuente de la tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes en las comisarías de policía y en los establecimientos penitenciarios, especialmente en provincias tales como Buenos Aires y Mendoza. Observa igualmente que muy pocos casos denunciados son objeto de investigación y juicio y aún menos aquéllos que terminan en la condena de los responsables, lo que genera altos índices de impunidad.”
En virtud de todo lo expuesto, le reclamamos e intimamos a que realice todos los actos a su disposición para hacer cesar estas prácticas, bajo apercibimiento de considerar que viola Ud. las obligaciones que le competen como funcionario público y radicar las correspondientes denuncias. Exhortamos al Sr. Ministro a la implementación de una política policial en consonancia con el Acuerdo para una Seguridad Democrática suscripto por representantes de la mayoría de los partidos políticos.
A la espera de una rápida resolución de este grave problema, aprovechamos la oportunidad para saludarle atentamente.
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