La resolución 1632/13 (avalada por el Ministerio de Salud de la Nación en octubre pasado) fija que, a partir del 24 de enero, todas las farmacias del país sólo podrán vender medicamentos y artículos análogos, dejando afuera rubros alimenticios, de regalería y óptica, incorporados por algunas farmacias para aumentar las ventas. Sin embargo, desde el Colegio Farmacéutico de Mendoza, sostuvieron que la provincia no adherirá a esta reglamentación nacional, ya que cuenta con la ley provincial 7303, con principios similares a la ley nacional 26.567, y que establece el poder de policía sanitaria del ministerio de Salud provincial.
Ricardo Aizcorbe, vicepresidente del Colegio Farmacéutico de Mendoza, explicó, en el aire de Café Universidad, los alcances de la normativa provincial en el expendio de medicamentos de venta libre y otros productos.