Boleta Única: en qué casos un voto se considera válido, nulo y en blanco
El nuevo sistema que implementará Mendoza elimina el concepto de “cuarto oscuro”. Concentra toda la oferta electoral en una sola papeleta y prohíbe el uso de celulares al momento de emitir el voto.
Foto: Prensa Gobierno de Mendoza
El miércoles 16 de marzo, Diputados convirtió en Ley el proyecto de Boleta Única Electoral que impulsó el Poder Ejecutivo provincial. La nueva modalidad elimina el concepto de “cuarto oscuro”, concentra toda la oferta electoral en una sola papeleta y prohíbe el uso de celulares al momento de emitir el voto. Pero, desde lo técnico, ¿cómo funcionará el sistema de Boleta Única?
Para comenzar, diremos que “Boleta Única” significa que, a partir del próximo acto electoral, habrá una boleta (hoja) con las categorías de candidato (gobernador y vice, diputado, senador, intendente y concejal), que tendrá el listado con foto todos los candidatos.
¿Cómo funciona el sistema de Boleta Única?
Es muy sencillo y consta de 4 pasos:
1. Te presentás en el lugar de votación con tu documento de identidad;
2. El presidente de mesa te dará una boleta por cada categoría electoral y un bolígrafo (no existen más los sobres);
3. Ingresás a un box con todas las boletas y marcás una opción por cada boleta;
4. Luego de marcar una sola opción en el casillero respectivo, doblás la boleta, regresás a la mesa y las colocás en la urna. La letra y el color identifican a cada categoría: Gobernador: G; Diputados: D; Senador: S; Intendente: I; Concejales: C; Comisiones Comunales: CC.
¿Cuándo se considera un voto válido, nulo y en blanco?
Hay que recordar que a cada opción electoral le corresponde un casillero, donde se debe hacer una sola marca para que tu voto sea válido. Si la boleta tiene dos o más marcas el voto se anula. Los votos en blanco serán aquellos en los que no se ha marcado ninguna opción por parte del elector.
Si el o la votante se equivoca al marcar, se lo debe informar al presidente de mesa quién reemplazará y anulará las cinco boletas, y entregará cinco nuevas para que se vuelva a realizar la votación.
Si se introduce la boleta en una urna equivocada, no pasa nada: la separación de urna es solo para facilitar el posterior recuento de votos.
¿Podrán sufragar las personas con movilidad reducida?
Sí: las y los electores ciegos o con una discapacidad o condición física permanente o transitoria que impida, restrinja o dificulte el ejercicio del voto podrán sufragar asistidos por el presidente de mesa, o una persona de su elección que acredite debidamente su identidad. Esta circunstancia se dejará asentada en el padrón de la mesa y en el acta de cierre, consignando los datos tanto del elector como de la persona que lo asista. Ninguna persona, a excepción del presidente de mesa, podrá asistir a más de un elector en una misma elección.
¿Qué pasa con los celulares?
Un aspecto novedoso de la ley es que ningún elector o electora podrá hacer uso en el momento de ejercer el voto de “ningún dispositivo celular y/u otro que permita realizar fotografías”.
Fuente: Prensa Diputados provinciales
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