Beso en la boca a niños y niñas: entre el abuso sexual y la práctica cultural que ignora consecuencias
Unidiversidad dialogó al respecto con Francisco Izura, jefe del Servicio de Abordaje de Abuso Sexual del Poder Judicial, y Eugenia Moyano, especialista en Derecho Penal y de Familia. Ambos coinciden en que, si bien tal acto no está tipificado como delito sexual, la boca es una zona erógena y al besar allí se expone, se incomoda y se sexualiza al cuerpo infantil.
Especialistas afirman que es mejor evitar prácticas como el beso en la boca a niños y niñas. Foto publicada en sanjuan8.com
El beso en la boca a niñas y niños, ¿es un abuso sexual? Según especialistas en psicología infantil y Derecho Penal y de Familia, consultados por Unidiversidad, hay escalas y matices. Sí, es una línea gris en materia jurídica, pero no lo es cuando se habla de la vulneración de la integridad psicofísica del niño o la niña que recibe el beso por parte de una persona adulta.
Es que si bien no está tipificado en la legislación argentina como delito sexual per se, sí podría serlo dependiendo del contexto de ese beso y el impacto en quien lo recibió.
Aseguran los expertos que es mejor evitar este tipo de prácticas. Por un lado, por las implicancias que pueden generar en la psiquis infantil y, por otro lado, porque hay un desconocimiento, a priori, de cómo funciona la sexualidad en la mente de una persona adulta, sus intenciones, sus heridas emocionales y sus problemas no resueltos.
Así lo plantea Francisco Izura, jefe del Servicio de Abordaje de Abuso Sexual del Ministerio Público Fiscal de Mendoza: “La boca es una zona erógena, participa en el acto de amamantamiento, que es la primera forma de conocer al mundo para el bebé. El mundo es a través de la boca, por eso la boca queda cargada de libido y por eso recomiendo cortar ese tipo de prácticas. No hay que sensibilizar el cuerpo de un niño o niña”, explica Izura.
Francisco Izura, jefe del Servicio de Abordaje de Abuso Sexual del Ministerio Público Fiscal.
Por su parte, Eugenia Moyano, abogada especialista en Derecho Penal y de Familia, no da margen para que este acto se plantee como un hecho cultural o privativo de cada familia como "gesto de cariño". Según Moyano, “dar besos en la boca no es acto cultural, es abusivo y tal abuso puede producir acostumbramiento, o no, pero no se lo deja de considerar abusivo. Incluso puede ser riesgoso como inicio de otros abusos”.
La erotización del cuerpo
Para Izura es fundamental poner fin a los besos en zonas erógenas (como la boca, el cuello) y a otros hábitos como el baño compartido o el colecho.
“La sexualidad está en todo cuando hay corporalidad y, sin juzgar a priori la intencionalidad, debemos saber que hay siempre una erotización del cuerpo -plantea el psicólogo-. Ni beso en la boca, ni baño con los papás ni mamás, ni colecho, o poner sentado en las piernas de un varón a niños o niñas. Es importante el límite de los espacios. Aún algunas familias no ponen estos límites bajo la justificación de la costumbres, hábitos culturales y otros argumentos de esa índole.”, asegura.
“En muchas familias existe esa práctica y es un cariño que pertenece a otra época. Hay en esto un tema de ignorancia y desconocimiento; no se tiene en cuenta la exposición del cuerpo ni las implicancias de ciertas prácticas en el niño. El adulto no lo percibe. En el consultorio luego llega gente adulta recordando algunos de esos actos como algo traumático, aunque no haya habido intención de abuso”, agrega Izura.
¿Cuáles son las implicancias de un abuso sexual?
Cualquier tipo de abuso se da en una situación asimétrica de poder. En cualquier tipo de tocamiento en las zonas erógenas del niño o niña, puede haber daño; es decir, trauma. Y la víctima lo irá procesando según el tipo de abuso, el tiempo de abuso (si fue crónico o no), las herramientas con las que dispone y el acompañamiento de su familia.
“Ese resto que queda entre no poder entender/ simbolizar y la experiencia de lo que va sintiendo en un cuerpo sensibilizado, puede generar el trauma”, explica Izura.
En la Cámara Gesell, donde llegan los chicos víctimas de abuso sexual simple o agravado para relatar el delito sexual denunciado penalmente, Izura se encuentra con casos en los que el beso en la boca fue parte de los episodios vividos como algo traumático dentro del contexto de abuso sexual. “Los chicos relatan en la Cámara Gesell lo del beso en la boca. Les da asco, también relatan y describen los olores, el aliento, claramente es un tema dentro de los casos donde hubo abuso sexual”, plantea el jefe de Abordaje de Abuso Sexual de la Justicia.
“En otra situación, el beso en la familia significa otra cosa, es distinto. En cualquier caso, nunca es una práctica recomendable”, aclara Izura.
Eugenia Moyano, abogada especialista en Derecho Penal y de Familia.
¿Hay que denunciar un beso en la boca a niños y niñas?
“El abuso es una acción u omisión que causa un perjuicio o una vulneración a la integridad psicofísica y social en la persona. Hay una asimetría de poder”, explica Moyano.
En ese marco, la abogada considera el beso en la boca a niños y niñas como un “acto abusivo”, y agrega: “Hay situaciones que son abusivas, pero no todas son consideradas delito sexual en la justicia penal, que es más estricta en el pedido de pruebas y que se maneja con el principio de inocencia. Será más difícil probar esa situación como abuso sexual”.
No obstante, ¿Qué hacer ante el acto del beso en la boca por parte de un adulto o adulta hacia niños y niñas? Según la abogada de Familia, sí existe un recorrido previo, que son los efectores públicos que dependen del Poder Ejecutivo y que toman a ese tipo de denuncias como señal de alerta y, por ende, ayudan a restringir el contacto con un posible abusador.
El Equipo Interdisciplinario de Intervención (ETI) es un efector que actúa ante una situación de abuso poco clara o con algunas dudas que llega a través de un o una testigo del posible abuso a un menor de edad. Al ETI lo conforman abogados, psicólogos y trabajadores sociales quienes, al recibir este tipo de denuncias toman medidas de protección y suelen derivar el caso al Juzgado de Familia para que éste restrinja el contacto entre el niño o niña y el posible abusador.
Luego, el juez de Familia controlará el trabajo del ETI. Incluso cuando no está claro si es abuso sexual o no, hay que estar atento y gestionar la intervención de un psicólogo o psicóloga. “Ir al ETI o directamente al juzgado de Familia como primera medida de restricción es importante”, plantea Moyano.
“Si con el tiempo se configuran elementos que dan prueba de la presencia de un delito penal, hay que acudir directamente a la Unidad Penal especializada en Delitos Sexuales y que allí hagan la denuncia”, recomienda la abogada penalista.
Tanto Izura como Moyano aseguran que es importante no omitir, no mirar para otro lado, no facilitar ni habilitar a los niños a la exposición de sus cuerpos frente a un posible agresor. El punto es que si no hay signos de alerta se considera que hay negligencia. Es obligatorio denunciar. Ante la duda, hay que hacer la denuncia tanto por delitos sexuales como acciones que ponen en riesgo la integridad de los y las menores.
La importancia de la Educación Sexual Integral (ESI) en las escuelas
Debido a que la mayoría de los casos de abusos sexual o actos abusivos se dan en el ámbito familiar, los expertos apelan a la importancia de la ESI en las escuelas. Para Izura es vital que haya un acuerdo entre familia y escuela sobre los contenidos básicos que se imparten “porque, cuando no ocurre, a veces produce más confusión en la mente de los chicos. Sin lugar a dudas, el respeto y el cuidado por el propio cuerpo y el ajeno, debe ser un valor fundamental en la enseñanza”.
Para Moyano la implementación de la ESI en los colegios es una de las medidas de mayor importancia ya que permite visibilizar delitos sexuales que suceden en el ámbito familiar, y los agentes públicos están obligados por ley a denunciar si detectan algún síntoma. A veces, por alguna charla en el contexto de la ESI o por un dibujo hecho en la escuela “saltan” los casos de abuso, asegura la abogada.
Cada vez hay más denuncias penales por abuso sexual
En la actualidad, llegan unas 25 denuncias penales por abuso sexual, promedio, por día al Ministerio Público Fiscal de Mendoza. Lo que se denuncia, se estima, que es la mitad de lo que no se denuncia. “Porque todavía hay mucho silencio”, explica Francisco Izura.
Pero lo cierto es que la cantidad de denuncias en el ámbito penal van en aumento año tras año, producto de una mayor visibilidad de esta problemática.
En 2020, hubo 1851 denuncias por abuso sexual simple (tocamiento en las partes íntimas) y 400 denuncias por abuso sexual con acceso carnal.
En 2021, se registraron 2509 denuncias penales por abuso sexual simple y 448 por abuso sexual con acceso carnal.
En 2022: hubo 2568 denuncias, entre abuso sexual simple y con acceso carnal (no está discriminado aún oficialmente).
En lo que va del 2023, se registran 1000 denuncias, de las cuales 736 casos asistieron al turno preliminar antes de exponer al niño o niña a la Cámara Gesell, mientras que otras 239 que no asistieron a ese turno. Es decir, que la proyección para fin de este año es que las denuncias aumenten exponencialmente.
En el 90 por ciento de las denuncias se trata de abusos sexuales contra menores de edad y, casi en su totalidad, provienen del ámbito familiar.
Líneas y direcciones para pedir ayuda y orientación
El 102 es un servicio telefónico gratuito y confidencial, de atención especializada sobre los derechos de niñas, niños y adolescentes.
En las Oficinas Fiscales, que se encuentran ubicadas en todo el territorio provincial, durante las 24 horas, los 365 días del año.
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