Balance desde el año XIII

El 31 de enero de 2013, fecha que se recuerda el Bicentenario de la Asamblea Constituyente del año XIII que abolió la esclavitud, invita a una reflexión profunda en relación con las instituciones que, explícita o implícitamente, toleran y legitiman en la actualidad situaciones deplorables de trabajo. Aquí, una reflexión emitida por el Departamento de Investigación y Estadísticas del Renatea (Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agropecuarios)

Balance desde el año XIII

"Las aguas bajan turbias" película dirigida por Hugo del Carril (1952)

Sociedad

Unidiversidad

Edición Cuyo

Publicado el 31 DE ENERO DE 2013

Entre las publicaciones académicas especializadas en la temática del trabajo rural se ha discutido la pertinencia de utilizar la categoría “trabajo esclavo” para describir numerosas situaciones laborales vinculadas a la actividad agraria y al medio rural. Este debate se relaciona con la visibilidad que asumió la problemática del empleo agrario a partir de la repercusión pública que tuvieron un conjunto de inspecciones realizadas, durante 2011, en establecimientos empresariales de la Región Pampeana. En estas unidades económicas se encontraron situaciones de trabajo, vivienda y salarios tan deplorables que el término de “trabajo esclavo” se volvió una referencia de discusión obligada.

Más allá de los puntos de vista disímiles en relación con la utilización de este concepto, estas investigaciones acuerdan en la descripción de numerosos casos de atropellos a los derechos humanos más básicos, condiciones de precariedad laboral extrema y difundida a lo largo del país y situaciones comparativamente deficientes en relación a las restantes ramas de actividad económica de nuestro país. La condición estacional del empleo, la necesidad de migrar “siguiendo a las cosechas” de trabajadores de algunas regiones, el empleo infantil y adolescente, sistemas coercitivos de reclutamiento de mano de obra y la perdurabilidad de modalidades de pago en especie y con “vales” son algunos de los rasgos y condiciones que explican esta situación.

Siguiendo estos trabajos, resulta imprescindible incorporar al análisis una perspectiva que revise en profundidad la configuración histórica de los procesos que han sustentado la persistencia de estos rasgos, así como aquellos acontecimientos, decisiones, normativas e instituciones que han propiciado mejoras en las condiciones de vida y de trabajo de este sector de la población.
La explotación laboral que cercena la libertad individual y profundiza la precariedad tuvo los primeros antecedentes en nuestra región en instituciones como la mita, la encomienda y el yanaconazgo. Estos dispositivos, crueles, claramente esclavistas, diseñados para aprovechar brazos disciplinados de pueblos originarios en las cosechas de distintas regiones del país, funcionaron durante siglos y, en ese proceso, asentaron prácticas materiales y simbólicas que persisten en la actualidad.

Posteriormente –ya en el país de la Independencia y la unificación nacional–, la expansión de la frontera agropecuaria requería una planificación más eficiente de la utilización de mano de obra para las actividades del campo. Para esto, necesitaba la disponibilidad de trabajadores en los territorios donde se desarrollaba la producción, preferentemente ganadera. Esta disponibilidad en el lugar de trabajo obligó a desarrollar un conjunto de normativas que limitaban de manera tajante la libertad de movilizarse dentro del territorio sin la autorización de los dueños de campos y estancias, y las “papeletas” cedidas por patrones y jueces eran el requisito para no ser considerado vago, rebelde y perseguido. La figura literaria del gaucho Martín Fierro encuentra en estos pliegues imprecisos de libertad y esclavitud, de trabajo asalariado y resistencia, un simbolismo inequívoco.

Estos dispositivos que coartaban la libertad personal de los trabajadores para movilizarse y emplearse libremente estuvieron acompañados en diferentes regiones del país por sistemas basados en el endeudamiento del trabajador al empleador. Los pagos en vales y especies entregados a precios siderales en las proveedurías del patrón iniciaban una deuda impagable por los trabajadores. Ésta se mantenía aun cuando el rendimiento laboral de los asalariados era organizado en jornadas laborales larguísimas y sistemas de pago a destajo que propiciaban una autoexigencia por parte del propio trabajador.

Enganchadores, contratistas y cuadrilleros que recorrían poblados en búsqueda de brazos a cambio de promesas de grandes salarios y placeres inmediatos fueron los actores sociales de ese sistema. El Informe elaborado en 1904 por Juan Bialet Massé (El estado de las clases obreras argentinas) y la película Las aguas bajan turbias(1952, dirigida por Hugo del Carril y basada en la novela Río Oscuro, de Alfredo Varela) son dos piezas imprescindibles para comprender estas prácticas que atropellan la integridad de las personas y los derechos humanos más básicos. 

Lejos de resolverse, este tipo de prácticas que se asemeja a situaciones que perduran redefinidas en la actualidad de numerosos sectores económicos, aun en los más modernos y competitivos. Será el Estatuto del Peón Rural –promulgado el 8 de octubre de 1944 mientras Juan Domingo Perón era secretario de Trabajo y Previsión–, el hito político que interrumpe de manera tajante esta secuencia e instala en el debate público un conjunto de aspectos y relaciones vigentes en el mundo del trabajo rural, hasta ese momento, invisibles o naturalizados para amplios sectores de la población. La iniciativa recuperaba un conjunto de demandas y reclamos surgidos en décadas de resistencia y organización sindical, avanzando en la protección de niveles de salario y mejoras en las condiciones de trabajo, jornada laboral así como una mayor protección contra los despidos injustificados.



Sin embargo, la promoción de derechos de los trabajadores y la participación del Estado en la regulación y equilibrio de relaciones económicas y sociales injustas han generado históricamente la reacción de sectores concentrados. La Sociedad Rural Argentina respondía de inmediato a esta normativa con un discurso de contenido ideológico inequívoco: “El trabajo de campo (…) por su propia índole, fue y es acción personal del patrón. Este actúa con frecuencia con los peones en la labor común, lo que acerca a las personas y establece una camaradería de trato, que algunos pueden confundir con la que da el amo al esclavo, cuando en realidad se parece más bien al de un padre con sus hijos” (citado por Adrián Murano en su libro El agitador).

Otro hito que estructura y explica gran parte de las precarias condiciones de trabajo en los mercados agrarios está relacionado con la aprobación del decreto 22.248 –de la última dictadura, que llevaba las firmas de Jorge Videla, José Alfredo Martínez de Hoz y Albano Harguindeguy– promulgado con fuerza de ley en julio de 1980 cuya finalidad era la creación del Régimen Nacional de Trabajo Agrario.

Como parte de una planificación sistemática e integral de persecución a la clase trabajadora y sus derechos conquistados, la dictadura militar reordenó el sistema normativo estructurado durante el peronismo y reinstaló derechos inferiores para los trabajadores agrícolas en relación a otras áreas de la economía.Esta norma ha regulado las relaciones laborales del agro argentino hasta la sanción de la Ley 26.727 del año 2011. 
La nueva ley –votada democráticamente en el Congreso a iniciativa de la presidenta Cristina Kirchner– vino a saldar tres cuestiones particularmente importantes: la vigencia de una ley sancionada en plena dictadura militar, la persistencia de los fenómenos de precariedad laboral mencionados anteriormente y la responsabilidad política del Estado nacional en la indispensable tarea de profundizar la registración del empleo en el sector. Para esto se disuelve el Renatre (Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores, organismo de derecho privado) y crea el Renatea (Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agropecuarios, organismo de derecho público).

De esta manera, se recuperan funciones de gran importancia, delegadas en entidades patronales y gremiales que habían demostrado escasos resultados en el incremento del trabajo registrado. Paralelamente, se incrementa la protección laboral del trabajo transitorio (mayoritario en esta actividad), se avanza en una mayor exigencia sobre las condiciones de vivienda, alimentación y traslado, especialmente deficitarias en este ámbito. También elimina toda modalidad de pago en bonos, vales, fichas o cualquier tipo de moneda distinta a la de curso legal junto a la prohibición de la posibilidad de retenciones o deducciones por mercaderías entregadas por el empleador, exigiendo remuneraciones no menores al salario mínimo vital y móvil. Finalmente, regula explícitamente sobre la duración de las jornadas laborales y los descansos, equiparando la situación vigente en otras ramas de actividad y genera una mayor protección sobre las condiciones de seguridad en el trabajo con el objetivo de mejorar otro aspecto estructural de la precariedad laboral en el campo: los mayores accidentes de trabajo y las enfermedades y lesiones vinculadas al desempeño laboral. 

Sin lugar a dudas, el conjunto de acontecimientos mencionados no agotan ni explican totalmente los múltiples procesos y elementos que configuran el estado de precariedad y atropello a la integridad personal de los trabajadores evidenciadas en las inspecciones del año 2011 y actuales. Estos avances en la protección de diversas situaciones particularmente críticas son fundamentales pero no suficientes para la resolución definitiva de distintas injusticias. Sin embargo, es claro que la decisión del Gobierno de generar normativas y acciones orientadas a la ampliación de la ciudadanía y a una mayor justicia social pueden revertir las condiciones de precariedad laboral persistentes naturalizadas por los sectores más concentrados de la economía y sus organizaciones representativas.

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