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El Gobierno de Argentina oficializó el programa especial con el que otorgarán visa a los refugiados que huyen de su país, con la cual podrán vivir tres años en la nación suramericana e incluso optar por el Documento Nacional de Identidad.
Edición UNCUYO- Fuente: teleSUR/ych-MAR
Publicado el 04 DE SEPTIEMBRE DE 2015
El gobierno de Argentina oficializó el “Programa Especial de Visado Humanitario para Extranjeros Afectados por el Conflicto de la República Árabe Siria”, el cual permitirá otorgarle un documento legal a aquellos refugiados sirios o palestinos que estén huyendo de los conflictos presentes en su país. La medida fue anunciada el pasado jueves 3, cuando autoridades de la nación suramericana indicaron que el Programa entró en vigencia en octubre de 2014 con la publicación en el Boletín Oficial de la disposición 3915/2015, y se extiende hasta el 21 de octubre del presente año.
Los interesados en ser acogidos por la iniciativa serán recibidos en el país por un plazo de dos años, prorrogable por un año más, que la habilita a la obtención de un Documento Nacional de Identidad (DNI) como residente temporal.
El documento expresa lo siguiente: "Argentina cuenta con una importante comunidad de sirio-libaneses con fuertes lazos comunitarios, quienes se encuentran vinculados en Asociaciones y Federaciones que han demostrado en oportunidades su solidaridad hacia quienes sufren las consecuencias del conflicto y que han expresado su interés en acompañar el proceso de recepción, acogida e integración de los beneficiarios de este Programa Especial". Siguiendo los pasos de Uruguay, a través de la Dirección Nacional de Migraciones, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto propuso aportar ayuda a la crisis humanitaria que se vive en ese país y sus limítrofes.
¿Qué deben hacer los refugiados para recibir el beneficio?
El Gobierno argentino estableció una serie de requisitos para que los refugiados puedan recibir el visado. Primeramente, deben contar con un "llamante", es decir, contar con un ciudadano argentino que lo reciba en el país, sin importar el tipo de relación, siempre y cuando sea “de conocimiento personal previo, por cualquier motivo lícito, razonable y justificable (familiar, social, estudio, trabajo, entre otros)”.
Para ello, deben presentar una carta “con fundamento en el vínculo de parentesco o afectividad con ciudadanos argentinos o con residentes en la nación que actúen en calidad de llamantes, quienes asumirán el compromiso explícito de brindar asistencia en materia de alojamiento y manutención”.
Aunado a ello, deben presentarse en el consulado más cercano para verificar que cumplan con cinco requisitos indispensables: que no hayan combatido en el conflicto armado, documentación que acredite vínculos familiares (de ser necesario), un certificado de carencia de antecedentes penales o una declaración jurada que lo certifique, un documento de viaje válido y el permiso de ingreso emitido por la Dirección de Migraciones argentina.
El Estado ha puesto a su disposición una línea telefónica y un correo electrónico para quienes deseen obtener mayor información sobre el tramite: 4011-4317 o tramitacion.ingresos@migraciones.gov.ar.
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