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El Instituto lo acepta en trabajos, redacciones y tesis que surjan de sus tres niveles: primario, secundario y terciario. Leé los argumentos elaborados por el Consejo Directivo.
Foto Ilustrativa de Twitter @Sol_despeinada
Fuente: Diario Femenino/ Página 12
Publicado el 28 DE AGOSTO DE 2019
El Instituto “Mariano Acosta”, de Buenos Aires, aprobó la utilización del lenguaje inclusivo “en cualquiera de sus modalidades” en las producciones académicas de los niveles primario, secundario y terciario. Además, según la resolución firmada por la rectora de la institución, Andrea Berman, se harán capacitaciones para que toda la comunidad educativa se comunique “con un trato respetuoso de los derechos de las mujeres, al de diversidad sexual y de género”.
“La iniciativa comenzó como un pedido para aplicar solamente en el profesorado del Acosta”, contó a Página12 Julia Vázquez, coordinadora del Centro de Estudiantes del Profesorado Mariano Acosta (Cepma). Pero después, el Consejo Directivo, que regula la vida institucional de la escuela, elevó al rectorado el proyecto presentado por la agrupación Simón Rodríguez, a cargo de la conducción del Cepma. “El rectorado se pronunció para que (el lenguaje inclusivo) pueda ser utilizado en los tres niveles”, agregó Vázquez.
Para la coordinadora del Cepma, la aprobación del uso del lenguaje inclusivo en la escuela significa “institucionalizar y cristalizar una práctica que ya tenemos”.
El Acosta no es la primera institución emblemática de Buenos Aires en usar el lenguaje inclusivo. En marzo de este año, Ana Barral, la primera rectora al frente del colegio Carlos Pellegrini habilita a los profesores a usar el lenguaje inclusivo en sus clases.
A continuación, leé la resolución que publicó la Institución, publicada en el portal Diario Femenino:
BUENOS AIRES, AGOSTO DE 2019
La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, los Principios de Yogyakarta, la Ley de Protección Integral a las Mujeres N° 26.485, la Ley de Identidad de Género N° 26743;la Ley de Educación Sexual Integral N°26150; Y
CONSIDERANDO:
Que en los últimos años se han producido en distintas partes del mundo y en nuestro país importantes avances en materia de derechos de las mujeres, la diversidad sexual y de género.
Que para que la igualdad jurídica se traduzca en igualdad efectiva es necesaria una profunda transformación en las prácticas sociales.
Que resulta necesario que las dinámicas y culturas institucionales acompañen esas transformaciones y fomenten el fortalecimiento de la democracia.
Que los instrumentos administrativos y de gestión de los IFD conservan formulaciones y expresiones que no han sido actualizadas contemplando a las diferentes formas de autopercibirse.
Que el lenguaje con el cual nos comunicamos y relacionamos comporta sentidos que reflejan desigualdades entre los géneros, naturalizando la segregación discriminación o exclusión.
Que la ESI es un contenido transversal y que por lo tanto es preciso que se trabajen contenidos y fundamentos de la misma en todas las instancias curriculares y en toda actividad académica del IFD.
Que el lenguaje es una construcción social en permanente cambio y que las instituciones
educativas son espacios de producción de conocimiento crítico.
Que para que las y los estudiantes desarrollen su rol docente desde el pensamiento crítico
precisan formarse como estudiantes que pongan en cuestión los parámetros heteronormativos vigentes.
Que es un avance en nuestra formación como futuras/os docentes para repensar las distintas infancias con una perspectiva de género.
Por ello proponemos:
ARTíCULO 1°._ Reconocer el lenguaje inclusivo en cualquiera de sus modalidades
como recurso válido en las producciones realizadas por estudiantes.
ARTICULO 2°._ Encomendar que a futuro se instrumenten acciones de capacitación y
difusión a fin de comprometer a la comunidad educativa del IFD a comunicarse con un trato
respetuoso de los derechos de las mujeres, la diversidad sexual y de género.
ARTICULO 3°._ Regístrese y comuníquese a las coordinaciones de los diferentes campos
de formación y a la comunidad académica del IFD a través de sus canales institucionales.
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