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Se trata de diez actividades nuevas a las iniciales, como el servicio delivery de restaurantes y estacionamientos, entre otros. Leé la lista.
Foto: Infobae
Fuente: Télam, Clarín
Publicado el 21 DE MARZO DE 2020
El presidente Alberto Fernández firmó este viernes un decreto para ampliar la nómina de actividades que podrán desarrollarse durante la cuarentena general que se estableció el jueves último para extremar las medidas de aislamiento social y así evitar la propagación del coronavirus. El mismo ya fue publicado en el Boletín Oficial.
Se trata de 10 actividades que a partir de ahora serán consideradas "esenciales" junto a las 24 iniciales que incluía la normativa presidencial.
1) Empresas que realicen procesos continuos cuya interrupción implique daños estructurales en las líneas de producción y/o maquinarias. Las mismas deberán solicitar su autorización para seguir funcionado a las autoridades competentes, como la secretaría de Industria y Economía del conocimiento. En cualquier caso, deberán reducir al mínimo su actividad y dotación de personal.
2) Se garantiza la producción y distribución de biocombustibles y 3) el transporte y distribución de combustibles nucleares. Por otra parte se incluye a 4) los garages y estacionamientos, que deberán trabajar con dotaciones mínimas. En el mismo punto también se autoriza al personal de aeropuertos.
5) También se permitirá la operatividad de los restaurantes y locales de comidas preparadas y rápidas. Sin embargo, durante la vigencia del aislamiento no podrán abrir sus puertas al público en ningún caso y solo podrán distribuir sus productos a través de servicios de reparto domiciliario, quienes a su vez deben garantizar el protocolo sanitario.
Entre los considerandos que justifica la normativa, se establece que "la realidad de las primeras horas de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” han demostrado la necesidad de incorporar otras actividades y servicios con carácter de esenciales a fin de mitigar los efectos ocasionados por las medidas adoptadas.
6) Además se establece también el funcionamiento de los hoteles afectados a la emergencia sanitaria que deberán seguir alojando a los turistas que tenían reservas previas a la declaración de la emergencia.
7) Por otra parte, será autorizado una dotación mínima que garantice las operaciones de la Fábrica Argentina de Aviones. 8) La Comisión Nacional de Valores, también deberá garantizar su operatividad, con poco personal, si resultara necesario.
9) También se incluyen entre las excepciones las actividades de protección ambiental minera y 10) el funcionamiento de las curtiembres, que reciben los cueros provenientes de la actividad frigorífica; una de las áreas que ya estaban exceptuadas por el DNU del jueves.
Lo que ya estaba exento
El decreto presidencial que efectivizó la cuarentena obligatoria el jueves último exceptuaba de la misma a los responsables de la conducción de los gobiernos nacionales, provinciales y municipales; al personal de sanidad, fuerzas armadas, de seguridad y a trabajadores de la producción de alimentos, fármacos, petróleos y refinerías, además de otras actividades consideradas esenciales como los medios informativos y audiovisuales.
Quiénes están exceptuados del aislamiento
El decreto dado a conocer en la noche del jueves establece quiénes son las personas que quedan al margen de la disposición general de "Aislamiento social, preventivo y obligatorio", siempre y cuando sus movimientos se den en el marco del cumplimiento de sus deberes laborales, considerados esenciales por el Gobierno: Quedan exceptuadas del cumplimiento del "aislamiento social, preventivo y obligatorio" y de la prohibición de circular las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, según se detalla a continuación, y sus desplazamientos deberán limitarse al estricto cumplimiento de esas actividades y servicios: 1.
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