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20 DE DICIEMBRE DE 2024
El Gobierno nacional informó este viernes, mediante boletín oficial, la reglamentación del uso de esa planta y sus derivados. También se permitirá importar aceite de cáñamo.
Ya se podrá recetar cannabis. Foto: Sensi seeds.
El Gobierno nacional publicó este viernes en el Boletín Oficial el decreto que reglamenta la ley N° 27350 que autoriza la investigación médica y científica de la planta de cannabis y sus derivados para el uso medicinal, que el Congreso había aprobado a fines de marzo pasado. El decreto 738/2017, que lleva la firma del presidente Mauricio Macri; del jefe de Gabinete, Marcos Peña, y del ministro de Salud, Jorge Lemus, pone en funcionamiento el denominado "Programa nacional para el estudio y la investigación del uso medicinal de la planta de cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales".
Según señala la norma, entre sus considerandos, "resulta prioritario que la Autoridad de Aplicación cuente con información científicamente verificada respecto de las propiedades de la planta de Cannabis y sus derivados y su impacto en el organismo humano".
La ley busca garantizar el acceso del llamado aceite de cannabis para pacientes que padezcan determinadas enfermedades, previa decisión médica. Además, dispone "un marco regulatorio para la investigación médica y científica del uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor de la planta del cannabis y de sus derivados" y crea un programa nacional para estudio e investigación de ese recurso y sus productos derivados.
En ese sentido, autoriza la importación del aceite de cáñamo y de otros derivados de la planta de cannabis hasta que el Estado pueda producirlo, y el acceso gratuito para los pacientes que puedan necesitarlo según prescripción médica.
La ley otorga prioridad para la producción a los laboratorios públicos nucleados en la Anlap y autoriza el cultivo de cannabis al Conicet y el INTA con fines de investigación.
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