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20 DE DICIEMBRE DE 2024
El Papa dispuso nuevas normas contra los abusadores, pero también para los encubridores de tales delitos. Para el 2020 debe estar listo en la Iglesia un "mostrador" para denuncias de pederastia.
A través del Motu propio "Vos estis lux mundi" ("Ustedes son la luz del mundo"), el pontífice plasmó nuevos procedimientos para denunciar el acoso y la violencia, y procurar que los obispos y los superiores religiosos sean responsables de sus acciones, sobre la base de las conclusiones del encuentro sobre pederastia organizado en el Vaticano en febrero. También el encubrimiento de abusos sexuales contra niñas y niños dentro de la Iglesia será castigado, desde hoy, según el nuevo decreto que firmó el papa Francisco.
A lo largo de 19 artículos, el documento papal divulgado este jueves establece la obligación para los clérigos y religiosos de denunciar los abusos y dispone que, para 2020, cada diócesis deberá tener un sistema que sea fácilmente accesible al público para recibir informes.
Cualquier religioso que tenga información sobre un posible caso de pederastia "tiene la obligación de informar" a sus superiores, según la nueva norma, así como de las omisiones y encubrimiento en la gestión de los casos de abusos.
La nueva norma, que entrará en vigencia el 1.º de junio, ratifica la presunción de inocencia para las investigaciones y no altera las penas ya dispuestas por las leyes de la Santa Sede, al tiempo que mantiene como "absoluto e inviolable" el secreto de confesión.
El decreto, que regirá "ad experimentum" por tres años, busca sancionar las acciones u omisiones de obispos y superiores religiosos "con la intención de interferir o evadir" las investigaciones de los abusos.
Entre las novedades previstas se encuentra la obligación para todas las diócesis del mundo de contar en un año con "uno o más sistemas estables y fácilmente accesibles al público para presentar informes" sobre los abusos sexuales cometidos por clérigos y religiosos, el uso de pornografía infantil y la cobertura de los mismos abusos.
El documento abarca no solo el acoso y la violencia contra los niños y los adultos vulnerables, sino también la violencia sexual y el acoso resultante del abuso de autoridad, así como la tenencia de pornografía infantil.
Esta obligación también incluye cualquier caso de violencia contra las religiosas por parte de clérigos, así como el acoso a seminaristas o novicios mayores de edad. Además, identifica, como categoría específica, a la denominada conducta de encubrimiento, consistente en "acciones u omisiones destinadas a interferir o evadir investigaciones civiles o investigaciones canónicas, administrativas o penales, contra un clérigo o religioso en relación con los delitos" de abuso sexual.
El texto establece que, más allá del endurecimiento de las normas, "a la persona investigada se le reconoce la presunción de inocencia" y se le informará de la existencia de la investigación, cuando así lo solicite el dicasterio competente.
La acusación solo debe ser notificada si se abre un procedimiento formal; si se considera apropiado para garantizar la integridad de la investigación o de las pruebas, puede omitirse en la fase preliminar, dispone el Motu Proprio.
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