Advierten que el RIGI da privilegios a las mineras sobre el agua y vulnera normas ambientales provinciales

El Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) es uno de los puntos más criticados de la Ley Bases. Unas 50 organizaciones de la sociedad civil advierten sobre el efecto ambiental de esta iniciativa de Milei.

Advierten que el RIGI da privilegios a las mineras sobre el agua y vulnera normas ambientales provinciales

Enrique Viale, presidente de AADAA, indicó que el RIGI es la vuelta final del extractivismo. Foto Gesualdi Victoria / Télam

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Publicado el 15 DE MAYO DE 2024

El Gobierno nacional impulsa el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) dentro de la llamada ley bases para impulsar inversiones a cambio de beneficios fiscales y garantías para las grandes empresas, pero la iniciativa tiene un objetivo claro: la industria extractivista y aquellas actividades que implican deforestación. En el proyecto libertario, el régimen está destinado exclusivamente a la agroindustria, forestal, minería, gas y petróleo, además de infraestructura, energía y tecnología. Por eso, las organizaciones ambientalistas y conservacionistas vienen advirtiendo y criticando la medida ante el alto impacto que tendrá en el ambiente y la biodiversidad.

El RIGI ya cuenta con media sanción en Diputados, pero se debate en el Senado para su aprobación final. Busca la llegada de inversiones superiores a los US$ 200 millones y otorga incentivos impositivos, aduaneros y cambiarios para generar “seguridad jurídica”. Unas 50 organizaciones de la sociedad civil enviaron una carta a los senadores y las senadoras sobre las alarmas ambientales de la ley de bases y aseguraron que atenta contra la protección ambiental. Entre esos puntos, destacaron los efectos del RIGI.

Según la carta, el proyecto de ley permitiría la eliminación de organismos fundamentales para el sector como la Administración de Parques Nacionales. A su vez, posibilitaría la disolución de fondos —hoy escasos— destinados a conservar bosques nativos y combatir grandes incendios. El escrito destaca que la aprobación de la ley bases significaría una delegación legislativa imperdonable en materia de gestión ambiental de hidrocarburos, el otorgamiento de privilegios impositivos y cambiarios para las industrias extractivas sin contemplar una mirada social ni ambiental, y la limitación de los espacios de participación pública.

La carta fija cuatro objeciones ambientales al proyecto de ley bases. Se puede ver desde este link.

  • Reforma del Estado y reorganización administrativa
  • Fondos Fiduciarios
  • Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI)
  • Reforma energética 

“El daño a los derechos ambientales es muy nítido”, dijo a elDiarioAR Ariel Slipak, coordinador área de Investigaciones en la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN). “El RIGI tiene el concepto de que lo ambiental es un costo y va a flexibilizar en lo laboral, lo fiscal y lo ambiental”, agregó el investigador.

Dijo que los beneficios del RIGI son mayores a los del Régimen de Inversión Minero de 1993, que es el que rige actualmente y que ha beneficiado a un puñado de empresas sin generar demasiados puestos de trabajo y encadenamiento económico.

Enrique Viale, presidente de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas (AADAA), indicó que el RIGI es la vuelta final del extractivismo, "el ajuste de tuerca final para convertir a Argentina en un no país, sin soberanía sobre su territorio". Dijo que de esa manera, las provincias pierden control sobre los recursos naturales existentes en sus territorios, tal como lo establece la Constitución. "Por eso creemos que es inconstitucional”, sostuvo

“Hay flexibilización y liberalización normativa, financiera, tributaria y aduanera hasta artículos que establecen que ninguna otra normativa se puede oponer al RIGI, como las normativas provinciales. Es decir, las normativas provinciales van a perder efecto si quieren controlar la naturaleza en sus territorios”, criticó Viale.

El RIGI busca incentivar la minería, la explotáción de hidrocarburos y el agronegocio, entre otras pocas actividades. Fotos: Unidiversidad.

Viale aseguró que las grandes inversiones solo pueden estar circunscriptas a la gran minería, al petróleo y al agronegocio. “Hay un artículo que establece que los recursos pueden ser utilizados sin nada que lo impida y eso incluye un recurso fundamental que necesitan la minería y el fracking que es el agua. Es decir que si una provincia decide suspender la utilización de agua de una minera porque eventualmente no hay para abastecer a la población, la minera puede recurrir a esta ley para garantizarse el recurso del agua”, advirtió el abogado.

Slipak también resaltó que “en la ley no hay ningún parámetro ambiental que limite, por ejemplo, la participación de empresas con antecedentes de contaminación en los beneficios fiscales, no hay siquiera una mención a la obligatoriedad de presentar un Estudio de Impacto Ambiental (EIA)”.

Dijo que hay dos artículos especialmente problemáticos. "En el caso del artículo 163, que incluso el secretario de Energía admitió en el Senado que la redacción era ‘poco feliz’, el RIGI permite que el Gobierno Nacional pueda imponerse y llevar a la Justicia cualquier normativa contraria al régimen. Las provincias tienen normas específicas de control que no podrán ser aplicadas”, explicó Slipak. 

Pero sostuvo además que el RIGI va en detrimento de la sanción futura de nuevas leyes ambientales. "Si Río Negro en un futuro decide dar marcha atrás con la ley que ahora habilita la construcción del oleoducto Vaca Muerta Sur en el Golfo San Matías -que era un área protegida hasta que se modificó la ley provincial-, el Gobierno Nacional puede decir que esa marcha atrás va contra el RIGI y puede llevar a Río Negro ante la Justicia”, afirmó.

El segundo artículo problemático es el 219, “que establece —añadió Slipak— que ante controversias entre el Estado Nacional y el inversor, Argentina cede soberanía jurídica y accede a que la controversia se dirima en un tribunal internacional y no en los tribunales argentinos”, lo significaría renunciar a la soberanía jurídica en pos de una instancia internacional como el tribunal del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI).

Fuente: DiarioAr y

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