Los siniestros viales: una deuda en materia de políticas públicas
En este informe especial te contamos en qué consiste el proyecto de ley de tránsito que endurece las multas por infracciones viales e incorpora el trabajo comunitario y periodos de cárcel por ocasionar daños o muerte a terceros. Además, de la mano de Rubén Sauma – psicólogo social-, María Belén Real –abogada- y Roberto Tomassiello – Mgter docencia universitaria y responsable de la Cátedra Abierta de Diseño y Seguridad Vial que se dicta en la UNCUYO- analizamos los múltiples factores que hacen de los accidentes de tránsito una de las mayores causas de muerte.
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La iniciativa de endurecer las penas y multas para quienes causen daños o muerte a una persona por conducir imprudentemente, y/o no respete las señales viales, ya consta de media sanción en la Cámara de Senadores y pasó a Diputados. Las multas oscilan entre el resarcimiento económico acorde al daño causado, trabajo comunitario, a favor del Estado o de una entidad de bien público, que van de 6 meses a 2 años con una carga de 32 a 64 horas mensuales; y en caso de resistirse a estas tareas deberá ir a la cárcel. Si se determina que la pena debe cumplirse en prisión, dependiendo la gravedad del incidente automovilístico, se podría purgar en la cárcel hasta 12 años y la inhabilitación de la licencia de conducir, por el doble de años del que se ha estado detenido. Además de estos endurecimientos se prohíben las picadas. Para quienes hagan caso omiso de dicha prohibición podrían cumplir una prisión de 3 meses a 6 años.
La norma considera homicidio de tipo agravado aquellos casos en los que el conductor maneje a una velocidad “superior a los 60 kilómetros, en zona urbana, 80 kilómetros en zona rural, semi-autopista y autopista, 50 kilómetros en los cruces urbanos sin semáforo” o “al cruzar una bocacalle en una de cuyas cuadras se encuentre una escuela”. También es agravado cuando el conductor lo haga con un nivel de alcoholemia igual o superior a 2 gramos por litro de sangre o esté inhabilitado o viole la señalización del semáforo o señales de tránsito que indican el sentido de circulación, o cruce un paso a nivel con barreras bajas o señales indicativas de la obligación de detención de automotores.
Este proyecto de ley fue a pedido de las agrupaciones que nuclean a familiares de víctimas de accidentes de tránsito (como Madres del Dolor), que el año pasado lograron instalar el tema en el Congreso.
“Si pudo haberse evitado, entonces no es un accidente”, dijo la senadora oficialista Nancy Parrilli, quien motorizó los cambios en el Código Penal a fin de sancionar más fuertemente a los conductores negligentes. Por su parte el radical Gerardo Morales dijo “hoy casi todos los que matan a una persona en un choque están en la calle".
Estas modificaciones se suman a otras que apuntan a reducir el índice de muertes en las rutas argentinas. Entre ellas la implementación del scoring (sistema de puntaje para los conductores), un sistema al que Mendoza todavía no adhiere.
A continuación, en las notas que acompañan esta información, se reflexiona acerca de los motivos sociales del aumento de accidentes de tránsito, conoceremos el aspecto legal que atañe a esta problemática y hablaremos con un especialista en materia de diseño y seguridad a la hora de prevenir y concientizar.