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Esto dice la iniciativa que busca legalizar la interrupción voluntaria del embarazo.
Presentación del proyecto en el Congreso. Foto: diputados.gov.ar.
Ahora sí
Hoy comienza formalmente en el Congreso el tratamiento en comisiones del proyecto para legalizar el aborto. En Mendoza habrá un encuentro de 11 a 13 en la puerta de la Legislatura.
La iniciativa establece que toda mujer tiene derecho a decidir voluntariamente la interrupción de su embarazo durante las primeras catorce semanas del proceso gestacional, así como a acceder a esta práctica en los servicios del sistema de salud, en un plazo máximo de cinco días desde su requerimiento.
El proyecto detalla que –sin perjuicio de lo dispuesto en el primer artículo– es posible interrumpir el embarazo en los siguientes casos: si el mismo fuera producto de una violación (con el sólo requerimiento y la declaración jurada de la persona ante el profesional de salud interviniente), si estuviera en riesgo la vida, la salud física, psíquica o social de la mujer y si existieren malformaciones fetales graves. En estos casos, se requerirá el consentimiento informado de la persona gestante expresado por escrito.
La propuesta detalla que el sector público de salud, las obras sociales, las entidades de medicina prepaga y los agentes que brinden servicios médico-asistenciales deberán incorporar la cobertura integral de la interrupción del embarazo como prestación médica básica obligatoria, siguiendo las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS).
La iniciativa también detalla que las autoridades de los establecimientos asistenciales deberán garantizar la realización de la interrupción del embarazo y que la práctica se efectivizará sin autorización judicial previa.
Presentaron el proyecto para legalizar el aborto
Con la participación de diputados oficialistas y opositores, ingresó al Congreso la iniciativa de interrupción voluntaria del embarazo. El único mendocino firmante es Guillermo Carmona.
El proyecto también plantea diferencia respecto de la edad de las mujeres que soliciten la interrupción voluntaria del embarazo: si son mayores de 16 años, se detalla que tienen plena capacidad para ejercer los derechos que otorga la ley de acuerdo al Código Civil; también establece que entre los 13 y los 16 años, la adolescente tiene aptitud y madurez suficiente para decidir la práctica y prestar su consentimiento. En cambio, si es una chica menor de 13 años, se requerirá su consentimiento informado con la asistencia de al menos uno de sus progenitores o representante legal.
El texto de la norma también prevé que si se trata de una persona con capacidad restringida judicialmente, y la restricción no tuviere relación con el ejercicio de los derechos que otorga la iniciativa, entonces podrá prestar su consentimiento informado, requiriendo, si lo deseare, la asistencia del sistema de apoyos previsto en el Código Civil. En cambio, cuando se trate de una persona incapaz judicialmente, deberá prestar su consentimiento con la asistencia de su representante legal o, a falta o ausencia de este, la de un allegado según lo estipulado en el Código Civil.
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