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Luego de que el Tribunal dictara las sentencias a los imputados en el II Juicio por delitos de lesa humanidad en San Luis, el abogado Hernán Vidal hizo declaraciones que agitan el fantasma de la impunidad.
Una imagen del recinto del juicio en San Luis.
Como había adelantado Edición UNCUYO, tanto los y las fiscales al frente de causas por delitos de lesa humanidad como integrantes de los organismos de derechos humanos tienen una gran preocupación por los indicios que han comenzado a verse en el proceso de verdad y justicia, de acciones que lo encaminan hacia el pantano de la impunidad.
Hernán Vidal, abogado defensor de tres de los 28 sentenciados por el Tribunal Oral Federal en lo Criminal de San Luis, declaró: “Voy a apelar porque esto es parte, gracias a Dios, de una Argentina que el 10 de diciembre se va”, en referencia a las condenas de prisión perpetua y otras de entre 3 y 20 años que recibieron los imputados por la megacausa que se trataba en la provincia vecina. Agregó: "Si bien quiero esperar los fundamentos, por cómo se estructuraron las condenas y las penas, hay razonamientos que deberían ser estudiados por una mirada psicológica. No se puede juzgar con presión, no se pueden armar tribunales que escapan al artículo 18 de la Constitución, constituidos por jueces que no tienen facultades”, aseveró.
Por su parte, los abogados que actuaron en la causa afirmaron que el tribunal se hizo eco de la mayoría de los pedidos de pena que tanto la fiscalía como la querella solicitaron y afirmaron que se debían esperar los fundamentos de la sentencia para realizar una evaluación pormenorizada de los criterios utilizados por el tribunal, para disminuir en algunos casos las condenas.
El Tribunal, integrado por los jueces Marcelo Alvero, Héctor Cortés y Oscar Alberto Hergot, falló de esta forma en el juicio que comenzó el 5 de noviembre de 2013, en el que actuaron como fiscales Cristian Rachid y Mónica Spagnuolo. La querella fue la APDH filial San Luis representada por los abogados Norberto Foresti y Carlos Pereira junto a Pablo Salinas del Movimiento Ecuménico de Derechos Humanos (MEDH) de la provincia de Mendoza.
El Tribunal, que calificó los delitos juzgados como crímenes de lesa humanidad, rechazó todos los planteos de la defensa sobre la inconstitucionalidad del proceso, revocó la prisión domiciliaria de los sentenciados e hizo lugar al planteo del defensor oficial que solicitó la calificación de asociación ilícita común, en lugar de agravada. El cambio de calificación permitió que varias penas fueran rebajadas, como en el caso de Andrés García Calderón, al que se le impusieron tres años de prisión, y la absolución de Alberto Jorge Moreira.
Ambos serían puestos en libertad próximamente, mientras que el resto de los acusados deberá purgar cárcel común en un veredicto que impuso penas entre los tres y los 20 años. El Fiscal de la causa, Cristian Rachid, por su parte, sostuvo que "debemos ser muy respetuosos y muy prudentes. Nuestra postura quedó clara durante el proceso. Para nosotros había una asociación ilícita agravada, básicamente por la calidad de quienes intervenían en la misma, analizaremos lo que ha determinado el Tribunal y veremos las posibilidades recursivas en su momento".
Fueron condenados a cadena perpetua: Amador Garro, Armando Nicolás Martínez, Carlos Alemán Urquiza, Carlos Esteban Plá, Miguel Angel Fernández Gez, Higinio Rafael Robles, Jorge Félix Natel, Luis Mario Calderón, Nelson Humberto Godoy y Raúl Lopez. Se condenó a 20 años de prisión a Carlos Alberto Ozarán; a 17 años, a Juan Carlos Pérez; a 15, a Ángel Borzalino y a 13, a Omar Lucero y Oscar Guillermo Rosello. Prisión por 10 años le fue impuesta a Vicente Moreno Recalde, Ricardo Rossi y Enrique Rafael Leyes; ocho años, a Enrique Ortuvia Salinas; siete años, a Santos Palma y Horacio Ángel Dana, y seis años a Pedro Gil Puebla.
Fuente: TELAM
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