Ratificaron la condena a Julieta Silva a 3 años y 9 meses de prisión

Así lo resolvió esta mañana la Suprema Corte, que afirmó que la mujer, de 30 años, atropelló y mató accidentalmente a su entonces pareja, el rugbier sanrafaelino Genaro Fortunato. La pena por el hecho ocurrido en 2017 es por homicidio culposo agravado.

Ratificaron la condena a Julieta Silva a 3 años y 9 meses de prisión

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Fuentes: Los Andes y Mdzol.com

Publicado el 05 DE JULIO DE 2019

La Corte provincial confirmó que la sanrafaelina Julieta Silva (30) atropelló y mató accidentalmente al rugbier sureño Genaro Fortunato (25), luego de salir de un boliche sanrafaelino, en 2017. De esta forma, y según publicó hace instantes diario Los Andes, la Sala Penal de la Suprema Corte de Mendoza, conformada por José Valerio, Mario Adaro y Dalmiro Garay, ratificó la condena de tres años y nueve meses de prisión y ocho años de inhabilitación para conducir por el delito de homicidio culposo agravado, que en septiembre pasado fue dada por el Tribunal Penal Colegiado N.° 1 de San Rafael.

De esta forma el máximo tribunal provincial desestimó los pedidos de casación realizados tanto por el Ministerio Público como por la defensa de la mujer que actualmente cumple la condena en su casa", contó el periodista Oscar Guillén. En el fallo el tribunal resuelve: "No hacer lugar a los planteos casatorios deducidos por el representante del Ministerio Público Fiscal y por la defensa de Julieta Silva", replicó el diario Mdzol.com.

Fernando Guzzo, jefe de los fiscales de Homicidios, había pedido a la Corte que considerara el caso como un homicidio con dolo eventual, cuya pena es de 8 a 25 años de cárcel. En tanto, Alejandro Cazabán, defensor de Silva (madre de dos hijos), había solicitado absolución de su clienta o bien que se bajara la pena establecida por los jueces Rodolfo Luque, María Eugenia Laigle y Julio Bittar.

"El homicidio sucedió el 9 de setiembre de 2017, en la puerta de Mona Bar”, de San Rafael, Silva atropelló a Fortunato. Desde ese momento, el accidente se transformó en un caso mediático impulsado por las circunstancias y los protagonistas. Inicialmente la carátula de expediente fue “homicidio doblemente calificado por el vínculo de pareja y su comisión por alevosía y en concurso ideal. Ahora la Corte ratificó que fue un fatídico accidente", informó Los Andes.

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