El ciudadano es protagonista en el Código Procesal Civil

Cornejo presentó en la Legislatura su iniciativa, que reglamenta toda la materia civil, salvo Familia. Prevé una audiencia preliminar del juez con las partes. Quieren implementarlo en 2018.

El ciudadano es protagonista en el Código Procesal Civil

El gobernador saludó a los miembros de la comisión redactora. Foto: Prensa Gobierno.

Provincial

Unidiversidad

Verónica Gordillo

Publicado el 28 DE MARZO DE 2017

La modificación sustancial del proyecto del nuevo Código Procesal Civil –que el Ejecutivo presentó en la Legislatura– es que pone el acento en el ciudadano y en la resolución ágil del conflicto que lo llevó a los tribunales, no en el juez o en la jueza ni en los abogados. Por eso, ni bien se presenta el litigio, la iniciativa prevé una audiencia del magistrado con las partes, en la que se conocen y se escuchan, además de pasar en forma paulatina del soporte papel al electrónico y de acortar todos los tiempos del proceso.

El gobernador, Alfredo Cornejo, junto a la vicegobernadora, Laura Montero, presentó el proyecto de 430 artículos en la Casa de Leyes. En ese contexto, el mandatario explicó que el objetivo central de la modificación es dar respuesta a los ciudadanos y lograr procesos más ágiles, es decir, pasar de los 40 meses que se demora hoy la resolución de una causa en ese fuero a sólo 4 meses.

Cornejo reconoció el trabajo de los miembros de la comisión redactora, que trabajaron un año y medio y que se salvaron de ese egocentrismo político que siempre lleva a destruir lo que hizo el gobierno anterior. Los especialistas Inés Rauek de Yanzón, Sebastián Marín, Patricia Canela, Leandro Lanci y Sebastián Soneira comenzaron su labor durante la gestión de Francisco Pérez y la continuaron hasta concluirla durante la de Cornejo.

El mandatario subrayó la necesidad del cambio para que el código de procedimiento de Mendoza se adecue a los lineamientos del nuevo Código Civil y Comercial Unificado, en vigencia desde 2015. Pidió a los legisladores celeridad en el tratamiento de la iniciativa, ya que adelantó que su objetivo es que el nuevo procedimiento esté en marcha el 1.º de enero de 2018.

Durante la presentación, Cornejo anunció que impulsará nuevas modificaciones en el Código de procedimiento Penal y en el laboral, iniciativas que, aseguró, presentará en breve.
 

El ciudadano en el centro

Tal como estipula la Constitución, los códigos Penal y Civil son de competencia de la Nación, pero los de procedimiento, es decir, la reglamentación de esas normas corresponde a las provincias. Es en estos últimos en los que el Ejecutivo impulsó los cambios, ya se aprobaron algunas modificaciones en materia penal y ahora ingresó al Senado el referido a la materia civil.

Las modificaciones propuestas son esenciales porque afectan litigios relacionados con la vida cotidiana. Estás incluidos, por ejemplo, todos los problemas relacionados con cobros de créditos, como cheques o pagarés, además de sucesiones, reclamos de reivindicación veinteañal, alquileres, contratos, accidentes de tránsito, reclamos de seguro y consumo, entre otros. Lo único que quedó afuera es todo lo referido a la materia de familia, ya que en este tema trabaja otra comisión liderada por la exjueza de la Suprema Corte de Justicia, Aída Kemelmajer de Carlucci, cuyo proyecto se presentará en la Legislatura en breve.

 

La jueza de la Tercera Cámara del Trabajo y representante del sector académico en la comisión redactora del Código de Procedimiento Civil, Inés Rauek de Yanzón, explicó que el proyecto pone el acento en el ciudadano y su necesidad de Justicia. “Esto implica un cambio de mentalidad, una Justicia con rostro humano que quiere servir al ciudadano, no al juez, no al abogado. Implica ponerse el litigio al hombro, resolverlo y terminarlo, porque no puede ser que seamos una sociedad con la más alta litigiosidad del país”, fueron sus palabras.

Rauek explicó que la realidad del fuero civil es muy dispar en las distintas zonas de la provincia, tanto en los plazos que manejan como en el tipo de causas. Sin embargo, recalcó que en promedio un juicio –por ejemplo– de daños y perjuicios por un accidente de tránsito tarda cinco años en tener una sentencia.
 

Las modificaciones

La jueza enumeró algunas de las modificaciones propuestas para lograr este cambio. El principal es que todos los procesos arrancarán con una audiencia preliminar para que el magistrado conozca a las partes en litigio, las escuche, conozca sus razones y determine cuál es el nudo del conflicto, y que luego de aportar las pruebas, se realice otra audiencia final en la que se toma una resolución, es decir, se dicta sentencia.

La especialista en derecho procesal detalló cuáles serán los beneficios de esta primera audiencia. Dijo que ayudará a modificar la lejanía que el juez y la jueza suelen tener con las personas, que se conocerán las caras e intentarán buscar algunas vías de solución, lo que, aseguró, implica un mayor compromiso para ambas partes. Hoy, en cambio, los implicados sólo ven al magistrado en la última parte del proceso, cuando dicta la sentencia.

Esa audiencia preliminar también puede ser beneficiosa para los abogados y abogadas, ya que el proyecto prevé que se les paguen los mismos honorarios si logran un acuerdo en esa primera instancia como si llegan a una sentencia favorable después de cuatro o cinco años de litigio. La modificación también prevé acortar todos los tiempos previstos a lo largo del proceso, salvo en la contestación de la demanda, y un cambio paulatino del soporte papel al electrónico para brindar agilidad al sistema.

La iniciativa plantea además la posibilidad de poner en marcha juicios denominados monitor, es decir que si existe certeza de legalidad, el juez dicta en forma inmediata la sentencia. Por ejemplo, si alguien se presenta porque su inquilino le debe tres meses de alquiler, el juez comprueba que el contrato es legal y que existen documentos que acrediten la deuda, entonces emite sentencia; si el inquilino considera que no es justo, entonces se presenta y para la sentencia. Hoy, en cambio, se da vista a todas las partes, se producen pruebas, las mismas se presentan y analizan, se evalúan y recién luego de esas instancias decide el juez.

 

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