Cierre de la AFIP: ¿qué cambia y qué pasará con el monotributo?
Análisis económico de la actualidad argentina junto a la economista Carina Farah.
24 DE OCTUBRE DE 2024
El Gobierno nacional prorrogó esa prohibición por 60 días más. Daniela Montani repasó en Radio U el alcance de esta medida desde la perspectiva del derecho laboral.
Foto: Télam
El Gobierno nacional prorrogó hoy por 60 días la prohibición de despedir trabajadores "sin justa causa y por razones de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor", según indica el Decreto 761/2020 publicado hoy en el Boletín Oficial. Además, extiende por otros 60 días la prohibición de suspender por causas de "fuerza mayor o ausencia o disminución de trabajo" a excepción de las realizadas según el artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), indica el texto.
La medida lleva las firmas del presidente Alberto Fernández y de todo el gabinete nacional;, y se basa en "la emergencia pública económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social" determinada por la Ley 27541. También se considera la ampliación de la emergencia sanitaria dispuesta por el Decreto 260/20 y las medidas de "aislamiento social, preventivo y obligatorio" y de "distanciamiento social" de los decretos 297/20 y 520/20.
Por otra parte, el decreto establece que "los despidos y suspensiones que se dispongan y violen las disposiciones adoptadas no producirán ningún efecto", ya que "se mantendrán vigentes las relaciones laborales y sus condiciones actuales".
Esto no se aplicará a las contrataciones realizadas con posterioridad a la vigencia del decreto, pero la medida "no será de aplicación en el sector público definido en el artículo 8 de la Ley 24156 y sus modificatorias, con independencia del régimen jurídico al que esté sujeto el personal de los organismos, sociedades, empresas o entidades que lo integran".
En este sentido, Daniela Montani repasó en Radio U el alcance de esta medida desde la perspectiva del derecho laboral: “A raíz de las consultas que hemos recibido en el estudio, veíamos que había poca información al respecto. Cuando hablamos de pago de doble indemnización o prohibición de despidos, ¿de qué estamos hablando realmente? ¿Qué situaciones son irregulares para un trabajador y cuáles son los derechos que tienen los empleadores? ¿Pueden tomar medidas?”. Y agregó: “En diciembre del año pasado, en el marco de la emergencia ocupacional, se publicó un decreto que duraba hasta junio y establecía que un empleador que desvinculara a un trabajador sin justa causa iba a tener que pagar una doble indemnización. Eso se prorrogó hasta diciembre de este año”.
“Desde marzo de este año, y a causa de la pandemia, se lanzó una serie de decretos antidespidos que fueron prorrogados porque duraban 60 días. Se trata de la prohibición de despedir sin justa causa, no es una doble indemnización, es una prohibición. El trabajador tiene que saber esto porque tiene derecho a reclamar”.
Escuchá la entrevista completa.
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