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Da la posibilidad de reducir la pena a cambio de información. Los detalles jurídicos.
José López, exfuncionario de Cristina Fernández, es uno de los recientes imputados arrepentidos.
Unidiversidad / Fuente: Diario Perfil
Publicado el 21 DE AGOSTO DE 2018
Con el caso de los cuadernos de las coimas, se ha reflotado la figura del “arrepentido”, que está contemplada en la Ley N.º 27304. En la causa mencionada, ya hay varios involucrados que han recurrido a ella: Ángelo Calcaterra, primo hermano del presidente Mauricio Macri, y el extitular de la Cámara Argentina de la Construcción, Carlos Wagner, son algunos de ellos. En estos últimos días se ha sumado una nueva lista de empresarios y exfuncionarios que dieron a la Justicia información en la causa.
La figura aplica no solo para casos de corrupción, sobornos, dádivas y asociación ilícita, sino también para delitos ligados a la producción y tráfico de drogas, corrupción de menores, prostitución y trata de personas, y pornografía infantil, entre otros.
Según especificó Perfil, se trata de una herramienta legal que posibilita la reducción de la pena a participantes de un determinado delito. A cambio, el involucrado debe dar información importante para la causa con el fin de que se agilice la investigación. Sin embargo, tiene un límite: jamás se puede aplicar en casos de lesa humanidad. Otro límite de la ley es que el delito tenga pena de multa o inhabilitación; en tal caso, la pena no puede ser reducida.
Para llegar a ser considerado como “arrepentido”, la persona debe, en primer lugar, llegar a un acuerdo de colaboración con el fiscal del caso, en el que deberá estar presente su abogado defensor. Este acuerdo se realiza por escrito.
Luego, el convenio deberá ser homologado por el juez. Si el magistrado no lo homologa, esa decisión puede ser apelada. Cabe aclarar que el juez y el fiscal tienen un plazo de un año para controlar que la información que dio el arrepentido haya sido verdadera y útil. La reducción de la pena se aplica una vez que la Justicia dicta sentencia en un juicio y condena al arrepentido.
El acuerdo deberá incluir los delitos de los que participó el arrepentido y en calidad de qué lo hizo: si fue el autor, cómplice, encubridor, etc., así como las pruebas que hay contra él, el tipo de información que dará y el beneficio que se le dará por su colaboración. En caso de que se compruebe que la información aportada es falsa, el imputado pierde el beneficio y se le puede imponer una pena de prisión que puede ir de cuatro a diez años.
Caso anecdótico
Un caso ampliamente conocido en el que una figura pública se arrepintió de sus delitos fue Mario Pontaquarto, ex prosecretario parlamentario en el Senado. Sin embargo, cuando él declaró ante la Justicia, aún no estaba vigente la ley del arrepentido, que data de 2016.
Durante el ejercicio de función de Pontaquarto en el Senado, en el año 2000, se desató un escándalo en el que el político radical confesó ante la Justicia haber recibido dinero por parte de la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE) para la aprobación de un proyecto de ley de flexibilización laboral, y además nombró a legisladores que estaban involucrados en esta maniobra. El escándalo obligó a que el vicepresidente de ese entonces, Carlos Álvarez, renunciara a su cargo.
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