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04 DE NOVIEMBRE DE 2024
Así se pronunció el juez Sebastián Casanello respecto de las minas que explota la Barrick Gold en San Juan. Convocó a siete funcionarios y exfuncionarios a prestar declaración.
De acuerdo al fallo del juez, Veladero y Pascua Lama violan la Ley de Glaciares.
El titular del 7.º Juzgado Criminal y Correccional federal, Sebastián Casanello, consideró que existen razones para presumir que los proyectos mineros Veladero y Pascua Lama, de la firma Barrick Gold, violan la Ley Nacional de Glaciares.
El fallo del magistrado, publicado en la página web del Centro de Información Judicial, detalla que la violación a la norma nacional está fundada en una metodología violatoria del piso de protección impuesto por ley, que instauró un régimen de presupuestos mínimos para la preservación de los glaciares y del ambiente periglaciar.
El magistrado convocó a siete funcionarios y exfuncionarios nacionales a prestar declaración indagatoria en la causa donde se investigan los incumplimientos a la Ley de Glaciares (26639) entre 2011 y 2015 en la zona donde funcionan los proyectos mineros Veladero y Pascua Lama, que explota la firma Barrick Gold Corporation.
Específicamente, el juez citó a funcionarios públicos de la ex-Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, ya que es la autoridad de aplicación de la ley; a autoridades de la Administración Nacional de Parques, ya que se desprende del fallo que los proyectos de la Barrick Gold están asentados en la Reserva de Biosfera San Guillermo, y a profesionales del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (Ianigla), por ser el organismo encargado de realizar el Inventario Nacional de Glaciares. Los citados a prestar declaración indagatoria son: Patricia Gandini, Carlos Enrique Corválan, Eugenio Indalecio Breard, Ricardo Villalba (quien era el director del Ianigla al momento de comenzar el inventario), Juan José Mussi, Omar Judis y Sergio Lorusso.
El magistrado federal también ordenó al Departamento de Control de Gestión Ambiental de la Auditoría General de la Nación (AGD) realizar un completo informe sobre el tema, con un plazo perentorio de dos meses.
Cuestionan cómo se hace el inventario de glaciares
El abogado de la Asamblea Jáchal No Se Toca, Diego Seguí, denunció que deja fuera a los glaciares que están en Veladero y Pascua Lama. Críticas al Ministerio de Ambiente y al Ianigla. La respuesta de los científicos.
Los cuestionamientos
La causa que lleva adelante Casanello se originó como un desprendimiento de la denuncia que presentaron los representantes de la Asamblea Jáchal No se Toca, que se formó luego de los derrames de cianuro que se produjeron en la mina Veladero. En la misma, cuestionaron la metodología de elaboración del Inventario Nacional de Glaciares, por entender que viola la ley y no contempla los cuerpos de hielo ubicados en las zonas de los proyectos mineros Veladero y Pascua Lama.
El cuestionamiento central de los denunciantes, según explicó el abogado Diego Seguí en una nota publicada en Unidiversidad el 19 de septiembre de 2016, fue que en el inventario están incluidos sólo los glaciares de una hectárea de extensión en adelante, lo que deja fuera los de menor superficie, y que justamente dentro de esta categoría están los ubicados en la zona de los proyectos Veladero y Pascua Lama. Consideró que esta metodología tendría a futuro graves consecuencias, porque la Ley de Glaciares prohíbe la exploración y explotación minera e hidrocarburífera en glaciares y ambientes periglaciares.
En el mismo artículo publicado por Unidiversidad en 2016, el director del Ianigla, Fidel Alejandro Roig, explicó que para realizar el inventario siguieron un manual de procedimiento científico que respeta criterios universales en la materia.
En ese artículo, Roig consideró que la razón de los cuestionamientos es la falta de información. “Muchas de las dudas y los cuestionamientos que hay sobre el relevamiento, las áreas y el modo en que se están relevando surgen porque los datos no están publicados. Esto escapa a nuestra voluntad, aunque hemos mantenido un encuentro para que el Ministerio de Ambiente agilice la publicación”, argumentó el profesional.
Cuidar un recurso vital
El Congreso aprobó el 30 de septiembre de 2010 la Ley Nacional de Glaciares (26639), que prevé el Régimen de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares del Ambiente Periglacial y cuyo objetivo central es la preservación de estas reservas estratégicas de recursos hídricos.
La norma prevé la realización del inventario de glaciares y del ambiente periglacial, ya que esa información es vital para que Argentina sepa con qué recursos cuenta y cuáles son las zonas que debe proteger. En la ley se designó al Ianigla como el órgano científico responsable de realizarlo, con la coordinación del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación.
En la ley también se enumeraron las actividades que están prohibidas en las zonas estudiadas de ambientes glaciares, para evitar que se afecte su condición natural o que interfieran en su avance. Estas son: la construcción de obras (salvo las necesarias para la investigación científica y la prevención de riesgos), la exploración y explotación minera e hidrocarburífera y la instalación de industrias.
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