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20 DE DICIEMBRE DE 2024
Tras 9 años de reclamos, la Comunidad Colla Queyunp de Mendoza logró ser inscripta.
Foto: Secretaría de Cultura de la Nación
La comunidad Colla Queyunp, oriunda de la provincia de Mendoza, logro ser inscripta en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas (ReNaCI) del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI).
Esto se dio en razón del excesivo tiempo transcurrido sin obtener el pronunciamiento del Estado, los integrantes de la comunidad debieron presentar un amparo por mora con el patrocinio letrado de Alejo Amuchástegui, defensor público coadyuvante ante los Tribunales Federales de Primera y Segunda Instancia de esa provincia, explicó el organismo en una gacetilla de prensa.
La inscripción fue ordenada, el 10 de octubre de 2018, en una resolución del juez federal Juan Carlos Nacul, quien emplazó al Estado Nacional, a través del AI, a que en veinte días hábiles judiciales dicte el acto administrativo correspondiente.
El cacique de la comunidad, Isidro Figueroa, fue quien durante todos estos años que duró el trámite, encabezó el reclamo de inscripción en el ReNaCI, juntó la documentación requerida y mantuvo reuniones con autoridades del Registro y con los integrantes del Consejo de Participación Indígena de la provincia, incluso viajó en reiteradas oportunidades hasta la Ciudad de Buenos Aires para lograr su cometido, frente a las sucesivas interrupciones en la comunicación con el AI.
A partir de su intervención, en 2017, la defensa pública mantuvo contactos con el AI, libró oficios sobre el expediente y presentó un amparo por mora contra el Estado y tras sortear nuevos otros obstáculos administrativos, sostuvo que no se evidenciaron "circunstancias que justifiquen la falta de pronunciamiento sobre la solicitud de reconocimiento de personería jurídica e inscripción en el ReNaCI peticionada por la comunidad desde el 2014".
Así es que emplazó a "la autoridad administrativa responsable que despache el acto administrativo pertinente en el plazo de veinte días hábiles" desde la notificación de la sentencia.
Tras lograr la inscripción, el pasado 6 de junio, la comunidad realizó un acto de agradecimiento a los integrantes de la dependencia del Ministerio Público de la Defensa que los acompañó en su reclamo.
Derechos de las comunidades indígenas
El derecho de las comunidades indígenas a su inscripción en el registro de personerías jurídicas tiene fundamento en el artículo 75 inc. 17 de la Constitución Nacional, precisó la Defensoría General de la Nación en su nota de prensa.
Según la ley 23.302, sobre Política Indígena y apoyo a las Comunidades Aborígenes, la adquisición de la personería jurídica mediante la inscripción en el Registro Nacional permite a las comunidades indígenas acceder a la atención por parte del Estado “para su plena participación en el proceso socioeconómico y cultural de la Nación, respetando sus propios valores y modalidades”. Ese apoyo estatal previsto en la ley consiste en “planes que permitan su acceso a la propiedad de la tierra y el fomento de su producción agropecuaria, forestal, minera, industrial o artesanal en cualquiera de sus especializaciones, la preservación de sus pautas culturales en los planes de enseñanza y la protección de la salud de sus integrantes”.
Comunidad Colla Queyunp
Los integrantes de la Comunidad Colla Queyunp, provenientes de las provincias de Jujuy y Salta, llegaron a Mendoza por motivos de trabajo y se ubicaron en las localidades de Junín y Rodeo del Medio. Allí conformaron sus familias sin olvidar su identidad, trasmitida de generación en generación, y realizan actividades como cultivo de la tierra, bordados, tejidos e intercambio de alimentos, entre otras. Su pretensión es obtener una tierra comunitaria para trabajarla de manera natural y sin contaminarla.
En esa ocasión eligieron su nombre, que refiere a su procedencia de las zonas de la quebrada (Que), del valle (Yun) y de la puna (P); crearon una bandera propia, designaron a sus representantes y ungieron a Isidro Figueroa como cacique con mandato vitalicio.
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