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El Senado tratará la iniciativa, que lleva años en ambas cámaras. Dudas en torno al proyecto.
La norma prevé la posibilidad de recuperar bienes obtenidos como producto de los delitos de corrupción, narcotráfico y trata de personas. Foto: imagen ilustrativa tomada de tn.com.ar.
Extinción de dominio: esas palabras resumen el concepto de una figura por medio de la cual el Estado podría recuperar bienes obtenidos como producto de la corrupción, el narcotráfico y la trata de personas, entre otros delitos. Y hoy, como hace años, se debatirá en el Senado de la Nación un proyecto para convertirla en ley, aunque no hay acuerdos entre oficialismo y oposición y persisten dudas, sobre todo fundadas en las críticas a las distintas propuestas que hicieron destacados juristas.
El periodista José Ángel Di Mauro, en un artículo publicado en el sitio El Parlamentario, describe el derrotero de los proyectos que contemplan esta figura, que nunca lograron la aprobación de ambas cámaras, aunque en 2014 el Senado le dio el visto bueno a una de las propuestas.
Aunque esta iniciativa se plasmó en diversos proyecto tratados en varias comisiones pero nunca aprobados, ahora recobró impulso, de la mano de la causa de los famosos cuadernos en la que el juez Claudio Bonadio investiga el presunto pago de coimas por parte de empresarios a funcionarios de las gestiones kircheristas, hecho con el objetivo de quedarse con las licitaciones de obras públicas.
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Ley polémica
Di Mauro recordó en su artículo que en 2014, la extinción de dominio fue aprobada por unanimidad en el Senado, pero que no logró el aval en la Cámara Baja. Luego, otra iniciativa pasó por el cedazo de Diputados, pero tampoco logró convertirse en ley, por lo que ambas quedaron olvidadas.
El eje central de los cuestionamientos que realizaron varios juristas es que en las primeras iniciativas enmarcadas en el fuero Penal estaba previsto el recupero de los bienes sin que existiera una sentencia firme. Esto –argumentaron varios especialistas ante los legisladores– viola el principio de defensa y la norma podría ser declarada inconstitucional.
Frente a estas críticas, se presentaron proyectos alternativos que circunscribían la incautación de los bienes al fuero Civil y no Penal, es decir que el foco estaba puesto en los bienes y no en la persona. Esto –según los impulsores de esta iniciativa– superaba las críticas que se hicieron.
Ahora llegan al recinto tres dictámenes: el de mayoría, impulsado por Miguel Pichetto (PJ), que enmarca la extinción de dominio en el proceso Penal; otro que presentó Cambiemos, que lo enmarca en la vía Civil, aunque articulando con la Penal y que no requiere de condena firme e impone al dueño de los bienes la necesidad de probar su adquisición lícita. El último, del kirchnerismo, incluye a “los corruptores” y a las que poseen cuentas offshore.
Aunque el dictamen de mayoría es del peronismo, el oficialismo anticipó que votará en contra. Y aun cuando resulte aprobado, lo que podría suceder gracias a los votos de legisladores del Frente para la Victoria, no logrará los dos tercios, por lo que deberá volver a la Cámara Baja.
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