El dólar abrió a $ 62 en el Banco Nación

Tras los cambios anunciados este domingo por el Gobierno, se registró este lunes una leve suba respecto del viernes. En algunos bancos privados se vende más caro.

El dólar abrió a $ 62 en el Banco Nación

Foto: Ariella Pientro

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Fuentes: Clarín y Ámbito

Publicado el 02 DE SEPTIEMBRE DE 2019

En el arranque del mes, y en la primera jornada tras la implementación del control de cambios anunciada el domingo por el Gobierno, el dólar abrió la jornada con una nueva suba y se vendía en el Banco Nación a $ 62, un peso por encima del cierre del viernes. Algunos bancos privados lo ofrecieron en la apertura a $ 65, pero con el correr de los minutos, acomodaron sus cotizaciones.

En el mercado mayorista, que es en el que operan los bancos y las empresas, la divisa retrocedía el 0,6 % y cotizaba a $ 59,04, casi 50 centavos por debajo del viernes. El feriado en los Estados Unidos se convirtió en una buena noticia para el mercado local, ya que no hay cotización de las ADR argentinas. De esa forma, no habrá cambios en el riesgo país.

Por su parte, los bonos en dólares que vencen en 2028 cayeron y llegaron a su piso histórico de 36,58 centavos por cada dólar, y una caída similar ocurrió con el bono que vence en 2038. A su vez, los bonos soberanos nominados en euros también llegaron a su piso histórico. El que vence en 2022 llegó a 35,8 centavos por cada euro, mientras que el que vence en 2027 quedó en 33,2 centavos.

Las acciones de empresas argentinas que cotizan en el exterior también se desplomaron en el arranque del lunes. Aunque por el feriado en Estados Unidos no funcionan los mercados en ese país, en Frankfurt cayeron las acciones de los bancos Galicia y Macro.

El domingo, a través de un decreto de necesidad y urgencia (DNU), el Gobierno implementó nuevas medidas en el mercado cambiario. Entre otras cosas, se fijaron nuevos plazos y regulaciones para que los exportadores liquiden los dólares, y que las instituciones y empresas ​tengan que pedir autorización al Banco Central para el acceso al mercado de cambios, tanto para comprar moneda extranjera como para realizar transferencias al exterior.

El DNU también establece que los tenedores de algunos títulos de la deuda pública con vencimiento original fuera de límite podrán dar estos títulos en pago para cancelar obligaciones de la seguridad social, como aportes y contribuciones, vencidas y exigibles al 31 de julio de 2019.

Además, establece límites para el acceso al mercado cambiario para los ahorristas, quie podrán comprar hasta USD 10 000 mensuales. 

Tras el anuncio, el ministro de Hacienda, Hernán Lacunza, definió el decreto del Gobierno como un "control de capitales" y un "control a la dolarización". Asimismo, dijo que no hay riesgos de un corralito porque "están los recursos" y que no barajan la posibilidad de desdoblar el mercado cambiario. "No son medidas típicas de un país normal, son medidas incómodas. Creemos que un país tiene que tener libertad para cambiar las zapatillas celestes por las verdes y comprar todo lo que quiera. Pero si no lo hacemos, y el tipo de cambio sube descontroladamente, las consecuencias van a ser peores, ya que suben la inflación y la pobreza. Son medidas incómodas pero necesarias para evitar daños mayores", sostuvo Lacunza.

 

Claves del cepo que fijó el Gobierno

Entre esos límites en el mercado de cambios para proteger al ahorrista se destacan varios puntos:

  • Nadie está limitado para extraer dólares de sus cuentas, ni personas físicas ni jurídicas.
  • No hay ningún impedimento al comercio exterior.
  • No hay restricciones sobre viajes.
  • Se prohíbe el acceso al mercado de cambios para el pago de deudas y otras obligaciones en moneda extranjera concertadas a partir de la fecha.

 

Personas humanas:

  • Las personas físicas (residentes) no podrán comprar más de USD 10 000 por mes.
  • No podrán realizarse transferencias de fondos de cuentas al exterior de más de USD 10 000 por persona por mes.
  • Las personas físicas no residentes no podrán comprar montos superiores al equivalente a USD 1000 mensuales.

 

Personas Jurídicas:

  • Los exportadores tienen que vender las divisas fruto de sus exportaciones en el mercado local dentro de un máximo de 5 días hábiles después del cobro o 180 días después del permiso de embarque (15 días para las commodities).
  • No hay restricciones para la importación o pago de deudas a su vencimiento.
  • Las empresas no podrán comprar dólares para atesorar.
  • Casas y agencias de cambio no podrán incrementar (sin conformidad del BCRA) sus tenencias en moneda extranjera con respecto a agosto de 2019.

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