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20 DE DICIEMBRE DE 2024
Peluquerías y profesiones liberales, tales como abogados, contadores públicos y escribanos, pueden empezar a trabajar.
Foto publicada en cincodias.elpais.com/
En los departamentos que no pertenecen al Gran Mendoza (Ciudad, Godoy Cruz, Las Heras, Guaymallén, Luján de Cuyo y Maipú), quedan exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio las peluquerías y el ejercicio de las profesiones liberales, tales como abogados, contadores públicos, escribanos, corredores inmobiliarios, etc. Las actividades se podrán realizar manteniendo el sistema de rotación según terminación del Documento Nacional de Identidad (DNI); si no, habrá sanciones.
Flexibilizaron actividades económicas y judiciales en el interior de la provincia
El gobernador Rodolfo Suarez informó que quedarán habilitadas actividades comerciales y judiciales en Lavalle, el Este, Valle de Uco y el Sur. La zona metropolitana (Las Heras, Capital, Guaymallén, Godoy Cruz, Luján y Maipú) seguirá con el mismo esquema actual de aislamiento obligatorio.
Para desplazamientos desde y hacia los lugares, en viajes cortos, se recomienda caminar o utilizar bicicleta para liberar espacio en el transporte público y así permitir que quienes no tengan otra alternativa de traslado puedan utilizar el sistema público de transporte.
Protocolo para peluquerías exceptuadas que no pertenecen al Gran Mendoza
-Solo se podrá atender con turno previo.
-No se podrán atender a los considerados grupos de riesgo.
-No podrán tener clientes en espera.
-Los sillones deberán mantener la distancia mínima de 2 metros.
-Mantener aireado y ventilado el local.
-Uso de barbijo, guantes, delantal y, en lo posible, máscara.
-Desinfectar antes y después de la atención de cada cliente las herramientas de trabajo y el espacio de atención.
-Evitar el uso del secador de cabello.
-Tener a disposición del cliente alcohol en gel o alcohol al 70 %.
-Al ingresar al local, los clientes deberán completar la declaración jurada de salud.
Ya rige el protocolo para reactivar la obra privada en Mendoza
Contiene el protocolo para evitar la transmisión de coronavirus en la construcción civil y la declaración jurada con la que deberán circular los actores involucrados en esta nueva excepción. La noche del jueves, el Gobernador Rodolfo Suarez recibió de parte de la Nación la notificación de que Mendoza entraba en el paquete de las provincias que iban a poder habilitar la obra privada.
Protocolo para el ejercicio de profesiones liberales exceptuadas para quienes no prestan servicios en el Gran Mendoza
-Al movilizarse, deberán contar con credencial que acredite tal condición y su DNI.
-Los desplazamientos deberán respetar el distanciamiento social (2 metros). Si lo hacen en vehículos, deberán contar con medidas de higiene obligatoria y capacidad de personas transportables.
-El trabajador está obligado a informar a sus empleadores en caso de presentar síntomas y consultar inmediatamente a su médico de cabecera o al que el empleador determine. En ningún caso podrá asistir al lugar de trabajo con síntomas.
-Mantener el distanciamiento social (2 metros) para comunicarse entre personas.
-Se deberá intentar evitar la realización de entrevistas personales, debiéndose realizar el asesoramiento por teléfono o medios virtuales.
-En los estudios profesionales u oficinas, solo se podrá atender a clientes con turno previo.
-Bajo ninguna circunstancia se podrá atender de manera presencial a personas que se encuentren en los denominados “grupos de riesgo”.
-Para el caso de que el profesional considere imprescindible concretar una entrevista personal, deberá facilitar un turno al cliente, de modo que a este le quede constancia por escrito, de tal forma que el mismo sirva –a su vez– de certificado para ser presentado ante las autoridades pertinentes como autorización de circulación.
-Asimismo, en las consultas, el profesional podrá recibir solamente a una persona por vez y no se podrán pautar más de 4 (cuatro) consultas diarias.
-Entre las entrevistas, se deberá proceder a la limpieza y desinfección de los muebles utilizados y elementos de trabajo.
-En todos los casos, tanto los profesionales como personal de la oficina y clientes deberán utilizar tapabocas.
-Los profesionales podrán permanecer trabajando en sus estudios u oficinas en los horarios de 09.00 a 18.00. Se recomienda que no permanezcan en la misma oficina trabajando más de 2 (dos) personas, respetando siempre el distanciamiento interpersonal. En caso de que resulte absolutamente imprescindible la asistencia de más personal, este siempre deberá respetar el distanciamiento social de 2 (dos) metros entre cada puesto de trabajo.
-No compartir utensilios de uso personal. Por ejemplo: artículos de librería, vasos, botellas, mate, etc.
-Las oficinas deben ser ventiladas y desinfectadas diariamente.
-El estudio u oficina debe garantizar la posibilidad de que personal y clientes higienicen sus manos con agua y jabón, o alcohol en gel o diluido, antes y después del ingreso. Asimismo, debe garantizar sanitarios con agua, jabón, toallas de papel, y vasos descartables.
-Las superficies que se tocan con frecuencia (pasamanos, pomos de puertas, fichas de estacionamiento, ascensores, escaleras eléctricas, entre otros), deberán ser lavadas con productos a base de agua con hipoclorito, alcohol al 70 % o productos desinfectantes.
-Las superficies del baño y el inodoro deberán ser limpiadas con material desechable y desinfectado diariamente con productos a base de agua con hipoclorito o productos desinfectantes.
-Los trabajadores encargados de la limpieza deberán protegerse con guantes y barbijo mientras realizan las labores de limpieza e higiene. Tras efectuar la limpieza, se deberán realizar higiene de manos.
-Deben colocarse contenedores con tapas adecuadas y correctamente identificadas para desechar elementos de seguridad.
-Se recomienda no recibir papeles en los estudios u oficinas. Destinar un espacio o mostrador donde los papeles puedan ser dejados y posteriormente retirados, de modo de evitar el contacto entre personas. Este sitio deberá ser higienizado frecuentemente.
-En todos los casos, los empleados y profesionales al momento de retomar sus tareas, y los eventuales clientes al momento de ingresar al local, deberán completar la declaración jurada de salud.
Sanciones
Cualquier incumplimiento a las normas establecidas en el Decreto será causal de multa de 5000 pesos para la persona infractora. En este sentido, se aclara que la sanción será tanto para el comercio habilitado como exceptuado (peluquerías y profesiones liberales), como para la persona particular que cometa la infracción en esos lugares.
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