Mirá qué actividades podrán funcionar en 22 distritos del país

El Gobierno nacional en la noche de este sábado dispuso que varias áreas productivas serán permitidas en medio del aislamiento social, preventivo y obligatorio. Los detalles.

Mirá qué actividades podrán funcionar en 22 distritos del país

Foto: Impulso Negocios

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Télam

Publicado el 18 DE ABRIL DE 2020

El gobierno nacional resolvió esta noche exceptuar del aislamiento por el coronavirus y de la prohibición de circular una serie de actividades, tales como la atención médica y odontológica programada, y la venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, en varios distritos del país, según una decisión administrativa de la Jefatura de Gabinete.
 

Las actividades podrán desarrollarse en las provincias de La Pampa, Neuquén, Formosa, Santa Cruz, Corrientes, Tierra del Fuego, Salta, San Juan, Córdoba, Jujuy, La Rioja, Chubut, Catamarca, Río Negro, Entre Ríos, Mendoza, Santa Fe, Chaco, Buenos Aires, San Luis, Misiones y la ciudad autónoma de Buenos Aires.
 

Por medio de la Decisión Administrativa 524/2020 también quedan exceptuados los establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos, las Oficinas de rentas de las Provincias, la Ciudad de Buenos Aires y los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.

También están comprendidas en esta resolución la actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas, y en cuento a la venta de de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, los comercios "no podrán abrir sus puertas al público".

La decisión administrativa alcanza además a laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo; ópticas, con sistema de turno previo; peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras; establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género, y producción para la exportación, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo, al igual que los procesos industriales específicos.

El Poder Ejecutivo estableció que "todas las actividades y servicios mencionados en la Decisión Administrativa 524 quedan autorizados para funcionar, sujetos a la implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios que cada jurisdicción establezca, en cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales".

Y la normativa aclara que "en todos los casos se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio del nuevo coronavirus".

Además, "los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios exceptuados", y las empleadoras y los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por las respectivas jurisdicciones para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores".

Asimismo, "cada jurisdicción provincial deberá dictar las reglamentaciones necesarias para el desarrollo de las actividades y servicios exceptuados, pudiendo limitar el alcance de las mismas a determinadas áreas geográficas o a determinados municipios o establecer requisitos específicos para su desarrollo, que atiendan a la situación epidemiológica local y a las características propias del lugar, con el fin de minimizar el riesgo de propagación del virus".

Por último, se establece que "las personas alcanzadas por esta decisión administrativa deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación - Covid-19, con excepción de aquellas que se dirijan a los establecimientos de rentas, registros, servicios médicos, laboratorios y ópticas.

"Tampoco requerirán el mencionado certificado quienes se desplacen con motivo de cumplir con la cobranza de servicios e impuestos, "siempre que se trate de establecimientos de cercanía al domicilio; y quienes lo hagan para solicitar atención por violencia de género".

Las excepciones otorgadas podrán ser dejadas sin efecto por cada Gobernador o Gobernadora o por el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco de su competencia territorial, en forma total o parcial, en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria provincial.

El Jefe de Gabinete de Ministros, Santiago Cafiero podrá, "en cualquier tiempo y circunstancia, dejar sin efecto cualquiera de las excepciones según la evaluación que se realice, con intervención de la autoridad sanitaria nacional, de la evolución de la situación epidemiológica.

En tanto que el gobernador bonaerense Axel Kicillof adelantó hoy que la provincia de Buenos Aires anunciará en las próximas horas un "endurecimiento" del aislamiento social en el conurbano, en el marco de la reanudación de ciertas actividades productivas que el Gobierno nacional habilitará desde el lunes próximo, y para poder "abrir excepciones" en algunos de los 58 municipios del interior del distrito en los cuales aún no se registran casos de coronavirus.

“La Provincia va a anunciar un endurecimiento de algunas reglas para poder ejercer excepciones en otros lugares”, anticipó el mandatario bonaerense en una conferencia de prensa realizada en el aeropuerto de Ezeiza..

También Kicillof manifestó que “los municipios del interior están informando a la Provincia qué actividades quieren exceptuar cada uno de ellos”, pero eso “se va a ir conociendo a medida que vayamos avanzando”, al mismo tiempo que aclaró que “todas las decisiones se harán con autorización del gobierno nacional”.

En tanto, en Catamarca, una de las dos provincias (junto con Formosa) sin registrar casos de coronavirus, el gobernador Raúl Jalil, adelantó hoy que, a partir de la semana próxima, el Gobierno nacional les va a comunicar qué "actividades se pueden abrir y cuáles no”, tras el pedido que realizó la provincia.

"Todos los intendentes se están preparando” para un eventual regreso de algunas actividades, "mientras esperamos las resoluciones puntuales", sostuvo hoy el gobernador en declaraciones a CNN Radio, y adelantó que podría haber excepciones "en algunos comercios y consultorios médicos, sobre todo, con nuevos protocolos sanitarios".

En San Luis, provincia con pocos casos, la Justicia realizó la primera mediación virtual a través de un sistema de videoconferencia, en un caso de “ingreso directo por alimentos” que logró una resolución positiva para las partes, informó hoy prensa del Poder Judicial, dando cuenta del reinició de actividades mediante esa modalidad.


El detalle de las nuevas actividades exceptuadas
- Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.

- Oficinas de rentas de las provincias, de la ciudad autónoma de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.

- Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.

- Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.

- Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.

- Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.

- Ópticas, con sistema de turno previo.

- Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.

- Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.

- Producción para la exportación, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo

- Procesos industriales específicos, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.

 

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